ORDEN TAS/2723/2004, de 30 julio, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, publicada por Orden TAS/271/2004, de 4 de febrero.
Marginal | BOE-A-2004-14824 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN TAS/2723/2004, de 30 julio, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, publicada por Orden TAS/271/2004, de 4 de febrero.
Por Orden TAS/271/2004, de 4 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 12 de febrero de 2004, Corrección de errores de 14 de febrero), se establecían las bases reguladoras y se convocaban ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 10, número 2, párrafo 3º, de esta Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas y los cambios producidos en la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales, que han afectado al órgano instructor y al órgano competente para resolver, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
En su virtud, dispongo:
Primero.--El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 10, número 2, párrafo 3º, de la Orden TAS/271/2004, de 4 de febrero de 2004, corrección de errores de 14 de febrero,queda ampliado en tres meses.
Segundo.--Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las...
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