Real Decreto 3711/1982, de 15 de Diciembre, por el que se amplia el Plazo para la elaboracion y aprobacion de los Planes provinciales de Obras y Servicios.

MarginalBOE-A-1982-34097
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 1673/1981, de 3 de julio, por el que se regula el régimen de los planes provinciales de obras y servicios, en su artículo 4., 1, dispone que dichos planes sean aprobados por el Pleno de la diputación antes del 1 de octubre del ejercicio económico inmediatamente anterior al del año en que deba ejecutarse. Dadas las dificultades existentes en algunas Diputaciones para el cumplimiento de dicho plazo, así por el retraso en la aprobación de los presupuestos para 1983 como por la necesidad de facilitar la realización de las inversiones a programar para su ejecución en el ejercicio, se estima procedente ampliar el referido plazo: Declarándose con dicho propósito de carácter urgente las actuaciones correspondientes a los planes de la anualidad de 1983.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de economía y Hacienda y de administración territorial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de diciembre de 1982, dispongo:

Artículo único 1

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1982 el plazo de aprobación de los planes provinciales de obras y servicios para 1983.

  1. Se declaran de carácter urgente las obras y servicios derivados del sistema de planes provinciales de obras y servicios en su anualidad de 1983.

Dado en Madrid a 15 de diciembre de 1982.- Juan Carlos R.- El Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y Muñoz.

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