STSJ Extremadura , 12 de Diciembre de 2002

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2002:2757
Número de Recurso362/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº.

PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA /En Cáceres a doce de diciembre de dos mil dos . Visto el recurso contencioso administrativo número 362 de 2.000, promovido por la Procuradora Sra. De Campos Ginés, en nombre y representación del recurrente D. Ernesto , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en expediente sancionador NUM000 de fecha 30- 12-99 por alumbramiento de Aguas Subterráneas mediante la apertura de pozo.

Cuantía.- Indeterminada.-.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictada sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. FATIMA B. DE LA CRUZ MERA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso contencioso administrativo el Sr. Ernesto contra la Resolución de fecha 30 de diciembre de 1.999 de la Confederación Hidrográfica del Guadiana recaída en el expediente sancionador NUM000 por la que se le imponía una sanción de 200.000 pesetas y la obligación de clausurar el pozo al estimar cometida una infracción leve por el alumbramiento de aguas subterráneas mediante la apertura de un pozo careciendo de la previa autorización administrativa.

SEGUNDO

Alegadas Por el demandante la caducidad del expediente sancionador y la prescripción de la infracción, procede resolver sobre ambas antes de hacerlo sobre el fondo del asunto propiamente dicho. Por lo que respecta a la caducidad del expediente sancionador por transcurso del plazo legal del año correspondiente para resolver. A este respecto el Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de abril de 1.999 (RD: 99/11618), dictada en recurso de casación en interés de ley, ha descartado esa interpretación, considerando que los preceptos mencionados deben interpretarse a la luz de lo dispuesto en el...

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