RESOLUCION DE 16 DE ENERO DE 1995, de la Universidad de almeria, por la que se regulan de los Ficheros de Tratamiento automatizado de Datos de Caracter personal de Esta universidad.

MarginalBOE-A-1995-2733
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), así como el Real Decreto-ley 20/1993, de 22 de diciembre, establecen que las Administraciones Públicas responsables de ficheros de ese carácter ya existentes, deberán adoptar una disposición reguladora de los mismos cuando carezcan de regulación o adaptar la que ya existiera. Por todo ello, de conformidad con las referidas disposiciones legales y en el ejercicio de las competencias que me confiere la Ley de Reforma Universitaria, así como la Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería, dispongo:

Primero.-Los ficheros automatizados con datos de carácter personal de esta Universidad, existentes a la entrada en vigor de la LORTAD, que se regula por esta disposición de conformidad con la citada Ley, son los que se relacionan en el anexo a esta normativa.

Segundo.-Los responsables de los ficheros automatizados de referencia adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal existentes, se usan para las finalidades para las que fueron recogidos y que son las que se concretan en cada caso en esta Resolución.

Tercero.-Los interesados pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero automatizado se concreta en esta Resolución.

Cuarto.-Los responsables de los ficheros automatizados advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con la LORTAD.

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Almería, 16 de enero de 1995.-El Rector-Presidente de la Comisión Gestora, Alberto Fernández Gutiérrez.

ANEXO

Número 1. Fichero automatizado de personal

docente

  1. Finalidad.-Gestión académica y económico-administrativa del personal docente de la Universidad.

  2. Uso.-Gestión de expedientes administrativos, nóminas, formación, convocatorias, concursos, relación de puestos de trabajo...

  3. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o resultar obligados a suministrarlos.-Todo el personal docente al servicio de la Universidad.

  4. Procedimiento de recogida de datos.-Declaraciones, formularios y transmisión...

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