SAN, 19 de Octubre de 2006
Ponente | JOSE GUERRERO ZAPLANA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:2006:4504 |
Número de Recurso | 572/2004 |
JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA JOSE GUERRERO ZAPLANA CARLOS LESMES SERRANO
SENTENCIA
Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil seis.
Vistos por la Sala citada al margen el Recurso numero 01/572/2004 interpuesto por FERROVIAL
AGROMAN S.A., representado por la procuradora Sra. VICTORIA PÉREZ MULET DÍAZ-PICAZO,
contra la resolución tácita dictada por el Director General de Obras Hidráulicas y Calidad de las
Aguas del Ministerio de Medio Ambiente por la que se rechaza la petición de abono de intereses
presentada por el recurrente en relación al pago de una determinada obra publica de la que había
sido adjudicataria, habiendo sido parte el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso ha sido
fijada en 39.666,57 euros.
Por el indicado recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado ante esta sala contra el acto mencionado en el encabezamiento de esta resolución, acordándose su admisión y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó solicitando la estimación del recurso y la consiguiente anulación del acto recurrido y se condene a la Administración al abono de intereses con abono de los intereses legales de la cantidad liquida reclamada.
De lo que consta en el expediente y de las alegaciones de las partes en sus respectivos escritos resulta el siguiente relato de hechos:
- La empresa ahora recurrente resultó adjudicataria de la obra denominada "Modernización de los Regadíos de la Vega Media del Segura. MD de Barreras. TTMM de Murcia y Alcantarilla. Clave de Obra 07.258.133/2241.
- Una vez ejecutada la obra se procedió al pago de la cantidad resultante de la liquidación provisional por importe de 499.067,04 euros; dicho pago se realizó una vez superado el plazo legalmente previsto para realizar dicho pago.
- La empresa ahora recurrente, mediante escrito de fecha 25 de Febrero de 2004 solicitó el abono de intereses en relación a dicha cantidad abonada en concepto de principal. La cantidad reclamada en concepto de intereses fue la de 39.666,57 euros.
- La desestimación tácita de dicha reclamación de abono de intereses es la resolución que ahora es objeto del presente recurso contencioso administrativo.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, previa autorización de la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado, se allanaba completamente a la demanda.
Con fecha 18 de Octubre se celebró el acto de...
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