Decreto 9/1996, de 1 de Marzo, Sobre Constitucion de Agrupacion Entre Los Municipios de Alesanco, Azofra, Canillas de Rio Tuerto y Torrecilla Sobre Alesanco, Para Sostenimiento En Comun de Un Puesto Unico de Secretaria.

MarginalBOE-A-1996-10192
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de la Rioja
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1993, de 22 de septiembre, de Régimen Local de La Rioja, regula en su capítulo II, artículos 76 a 87, las Agrupaciones de municipios para sostenimiento en común del personal al servicio de las Corporaciones Locales, que pueden tramitarse por acuerdo de las Corporaciones Locales interesadas o de oficio por la Comunidad Autónoma.

El presente expediente ha sido instruido por acuerdo de los Ayuntamientos de Alesanco, Azofra, Canillas de Río Tuerto y Torrecilla sobre Alesanco, consta de la documentación requerida en los artículos 77 y 81-1 de la citada Ley 3/1993, así como de las certificaciones acreditativas de haberse cumplido el trámite de información pública, en el que no se han presentado reclamaciones.

Asimismo, se adjunta en el expediente el informe preceptivo del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.

Conforme a lo establecido en los artículos 159-1 y 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, corresponde a la Comunidad Autónoma respectiva la competencia para acordar la constitución y disolución de Agrupaciones locales para sostener en común puestos de trabajo con la responsabilidad de las funciones de Secretaría y para clasificar los puestos de trabajo resultantes.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 1 de marzo de 1996, acuerda aprobar el siguiente Decreto:

Artículo 1

Queda disuelta la Agrupación existente entre los municipios de Alesanco, Canillas de Río Tuerto y Torrecilla sobre Alesanco, para sostenimiento de un puesto de Secretaría en común.

Artículo 2

Se constituye simultáneamente una Agrupación entre los municipios de Alesanco, Azofra, Canillas de Río Tuerto y Torrecilla sobre Alesanco, para sostener en común un puesto único de Secretaría, con sujeción a los Estatutos aprobados por los Ayuntamientos afectados y que figuran en el expediente.

Artículo 3

Se declara creado el puesto de trabajo de Secretaría de la nueva Agrupación, clasificado como de tercera categoría, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, quedando como titular del mismo el que lo es actualmente del puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Azofra.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

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