Orden de 17 de noviembre de 1983 por la que se modifica la Orden 11/1982, de 26 de enero, por la que se señalaba la zona de seguirddad de la instalación militar Ayudantía Militar de Marina de Ciudadela (Menorca).

MarginalBOE-A-1983-31149
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden
)E.-Núm.
283
26
noviembre
1983
1~091
..
lII. Otras disposiciones
31149
MINISTERIO
DE"
DEFENSA
ORDEN
83/1983.
de
17
de
noviembre,
por
la
que
se
modifica
la
Orden
11/1982.
de
2fI
de
enero,
por
la
qUe
se
señalaba
la
zona
de
seguridad
de
la
insta-.
loción
militar
Ayudantla
Militar
de
Marina
de
Ciu-
dadela
(Menorca).
Por
ser
necesario
variar
los
límites
coñstitutivos
de
la
zona
próxima
de
seguridad
de
la
instalación
Ayudantia
Militar
de
Marina
de
Ciudadela.
en
Menorca.
dispongo:
Articulo
único.-El
articulo
segundo
de
la
Orden
11/1982,
de
26
de
enero,
quedará
redElctado
en
los
siguientes
términos:
En
su
lugar
se
le
reconoce
adolÍ
Luis
García-Mauriño
Espino,
como
Caballero
Cadete
de
la
XXXVII
promoción
de
la
Academia
General
del
Aire
del
Arma
de
Aviación
IEscala
del
Airel
con
efectos
administrativos
desde
elIde
octubre
de
1981,
y
queda
modificada
la
Orden
ministerial
número
522/0186211983,
de
3
de
julio
(.Diario
Oficial
de
la
Escuela
del
Aire·
número
83)
en
el
sentido
de
nombrarle
Alférez-Alumno
del
Arma
de
Avia-
ción,
Escala
del
Aire,
en
lugar
de
la
Escala
de
Tropas
y
Ser-
vicios.
escalafonlmdose
detrás
del
Alférez-Alumno,
don
Alberto
Alvarez
Aguirre
de
la
misma
escala
y
promoción.
Madrid.
21
de
noviembre
de
19B3.-P.
D
.•
el
Genoral-Je!e
del
Estado
Mayor
del
Aire.
Emilio
Garcia-Conde
Ceñal.
31151
31150
MINISTERIO
ECONOMIA
y
HACIENDA
DE
ORDEN
de
17
de
octubre
de
1983
por
la
que
S6
priva
a
la
Empresa
_Ptdf.Cisimo
Martín
Matuo::¡
..
de
ws
beneficios
fiscales
que
le
fueron
c~ncedldos
al
ser
declarada
industria
de
interé:i
preferente
!.Imo
Sr.:
Vista
la
Orden
del
Ministerio
de
Industria
y
Ener-
gia
de
~~
de
julio
de
1983
(.Bolel
ID
Oficial
del
Estado-
de
27
de
a.gos1,o).
por
la
que.
se
anula
la
conoesi6n
de
beneficius
y
la
calificación
de
zona
de
preferente
localiza.ción
indus-
trial
de
Cáceres
a
la
Empresa
..
Felicisimo
Martin
Mat'="0s"
por
haber
transc~rrido
con
exceso
los
plazos
señalados
SlD
qUl:'-
dichu
Empresa
haya
llevad<> a
cabo
sus
proyectos
ni
hayan
alegHdo c
..
mcurrencia
de
fuerza
mayor
alguna
que
justifique
ese
31153
31152
ORDEN
de
4
'de
octubre
de
1983
por
la
que
se
pro-
rroga
a
la
firma
.For¡as
Alavesas,
S. A.•,
el
'·égi-
men
de
tráfico
de
perfeccionamiento
activo
Dora
la
importación
de
ferroaLeaciones
y
otras
materias
básicas
yla
exportación
de
barras
de
acero.
Ilmo.
Sr"
Cumplidos
los
trámites
reglamentarios
en
el
ex-
pediente
promovido
por
la
Empresa
-Forjas
Alavesas,
Sociedad
Anónima.,
solicitando
prórroga
dei
régimen
de
trilfico
de
per-
feccione.miento
activo
para
la
importaCIón
de
ferroaleaClOneS y
otras
materias
básicas
y
la
exportación
de
balTas
de
ac€ro.
auto~
rizado
por
Ordenes
ministeriales
de
30
de
julio
de
1981
(.Boleiin
Oficial
del
Estado-
de
8
de'
septiembre)
y
posteriores
mod;tica-
ciones,
Orden
ministerial
de
1
de
octubre
de
1982
(.Boleiin
Oli-
cial
del
Estado.
de
11
de
noviembre),
Orden
mimsterial
de
28
de
noviembre
·de
1982
I.BoleUn
Oficial
del
Estado.
de
7
de
enero
de
1983)
y
Orden
ministerial
de
7
de
julio
de
1983
(·Bole-
..
tin
Oficial
del
Estado.
del
18),
Este
Ministerio,
de
acuerdo
alo
informado
y
propuesto
por
la
Dirección
General
de
Exportación.
ha
resuelto:
1.
Prorrogar
hasta
el
30
de
junio
de
1984
el
régimen
de
trá-
fico
de
perfeccionamiento
activo
a
la
firma.
-Forjas
Alavesas,
Sociedad
Anónima.,
oon
domicilio
en
Portal
de
Gamarra,
22,
Vitoria,
y
NIF
A-OH)()1il33.
2.
0El
interesado
queda
ltbligado
a
declarar
en
la
documen·
tación
adua.nera
de
exportación
y
en
la
correspondiente
hoja
de
detalle,
por
cada
producto
exportado,
las
oomposlc'ones
de
las
materias
primas
empleadas,
determinantes
del
benefi~l?
fiSi::al.
asi
como
calidades,
tipos
(acaba.do.s. colo!p-s, E;speclfl-
caciones
particulares,
formas
de
presentaclón~,
,dImenSIones y
demás
características
que
las
identifiquen
y
dIstIngan
de
otras
similares
y
que
en
cualquier
caso
deberán
coincidir,
respective.-
mente,
con
las
;mercancías
previamp-nte
importadas
o
que
en
su
compensación
se
importen
posteriormente,
afin
de
que
la
'Aduana
habida
cuenta
de
tal
declaración
y
de
1
...
comprobaclo-
nes
que'
estimen
conveniente
realizar,
entre
eBas
la
.extracción
de
muestras
pa,ra
su
revisión
o
anéljsis
por
el
Laboratorio
Cen-
tral
de
Aduanas.
pueda
autorizar
la
correspondiente
hoja
de
detalle
Lo
que
comunico
a
V.
1.
para
su
conocimiento
yefectos.
Dios
guarde
aV. l.
muchos
años.
Madrid,
4
de
octubre
de
1983.-P.
D., el
Director
general
de
Exportación,
Apolonio
Ruiz
Ligero.
lImo,
Sr.
Di
rector
general
de
Exportación
ORDEN
522/00038/1983, de
21
de
nOviembre,
del
Eiér-
cito
del
Aire
(Mando
de
Personal-Dirección
de
En-
señanza),
por
la
=1ue
8e
da
cumplimiento
a
la
sen-
tenciade
la
Audiencia
Nacional
de
fecha
11
de
julio
de
1983.
En
cumplimiento
de
la
Sentencia
de
la
Audiencia
Nacional
de
fecha
11
de
julio
de
1983,
dictada
en
Resolución
de
recurso
contencioso-adrninistrativo,
quedan
anuladas,
única
y
exclu-
sivamente
en
lo
que
concierne
a
don
Luis
Garcia-Mauriño
Espino,
las
Ordenes
ministeriales
números
522/65/1981.·
de
4
de
septiem
bre
(<
Oficial
del
Estado.
número
214 y
-Diario
Oficial
de
la
Escuela
del
Aire.
número
10ll,
en
el
que
lleva
el
número
522/02301/19&1,
por
la
que
fue
nombrado
Caballero
Cadete
del
Cuerpo
de
Intendencia
de
la
XXXVII
promoción
de
la
Academia
General
del
Aire
y
la
número
522/02434/1981,
de
16
de
septiembre
(-Diario
Oficial
de
la
Escuela
del
·Aire-
núme-
ro
1141,
por
ia
que
causó
baja
en
el
Cuerpo
de
Intendencia
y
alta
en
el
Arma
de
Aviación
{Escala
de
Tropas
y
Servicios}.
Madrid.
17
de
noviembre
de
1983.
SERRA
SERRA
ORDEN
84/1983,
de
17
de
noviembre,
por
la
que
se
señala
la
zona
de
seguridad
de
la
instalación
mi-
lita,
en
Java!!
Nuevo
(Murcia),
Por
existir
en
la
Segunda
Región
Aérea
la
instalación
militar
ubicada
en
el
cerro
de
los
Pimientos,
Javalí
Nuevo
(Mwcial,
se
hace
acunsejable
preservarla
de
cualquier
obra
o
actividad
que
pudiera
afectarla,
de'
conformidad
con
lo
establecido
en
el
Regl~m()'[]to
de
Ejecución
de
la
Ley 8/1975,
de
12
de
marzo,-
zonas
e
in~ta¡l1"eiones
de
interés
para
la
defensa
nacional.
En
su
vIrtud,
y
de
conformIdad
con
el
informe
emitido
por
el
Estado
M~yor
del
Aire,
a
propuesta
rawnada
del
General
Jefe
de
la
Segtmda
Región
Aérea,
dispongo,
Limite
Norte:
Doce
metros
a
partir
de
la
valla
de
esta
orien-
tación
que
rodea
el
solar
que
circunda
el
edificio,
tomados
sobre
el
vial
público
denominado
paseo
marítimo
y
hasta
su
corte
con
Ja
línea
distante
7,5
metros
de
la
orientación
Este.
Limite
Este: 7,5
metros
a
partir
de
la
valla
de
esta
orienta-
ción
que
rodea
el
solar
que
circunda
el
edificio,
hasta
su
corte
con
la
linea
distante
6
metros
de
la
orientación
Sur.
Límite
Sur:
6
metros
a
partir
de
la
valla
de
esta
orientaci6n
hasta
su
corte
con
la
línea
distante
6.70
metros
de
la
orienta-
ción
Oeste.
Límite
().pste; 6,70
metros
a
partir
de
la
valla
de
esta
orien·
tación
y
ha3ta
su
corte
con
la
linea
distante
12
metros
-de
Ja
orientación
Norte
.
Articulo
1.oAlos
efectos
prevenidos
en
el
artículo
.octavo
del
capitulo
II
del
titulo
primero
del
Reglamento
de
Zonas
e
Instalaciones
de
Interés
para
la
Defensa
Nacional,
aprobado
por
Real
DecI'€to 889/1978,
de
10
de
febrero,
que
desarrollo
la
Ley
8/
1975,
de
12
de
marzo,
Se
considera
incluida
en
el
grupo
cuarto
la
instalaCIón
militar
en
JavaH
Nuevo
(Murcia).
Art.
2.0
En
aplicación
alo
dispuesto
en
el
artículo
26
del
citado
Reglanwnto.
la
zona
próxima
de
seguridad
tendrá
una
anchura
de
12
metros
en
todo
su
contorno,
excepto
en
el
lfmite
Oeste,
..que
será
de
3.70
metros,
comprendiendo
un
recinto
rec-
tangular
de
~5
por
22,5
metros,
y
que
Se
encuentra
delimitada
en
la
ac!uaJidr:ld
por
una
vaBa
de
alambre
espinoso.
Madrid.
li
de
noviembre
de
1983.
SEIlRA
SERRA

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