Orden de 19 de julio de 1983 por la que se señala zona de seguridad del Aeródromo Militar de Alcantarilla (Murcia).

MarginalBOE-A-1983-20751
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden
20n6
26
julio
1983
BOE.-Núm.
177
20749
En
su
virtud,
de
conformidad.
con
lo
eS4ablecido en
la
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa
de
27
de
diciembre
de
1956, y
en
uso
de
las
facultadoo
eue
me
con·
fiere
el
arUcuo
3.0
la
Orden
del
Ministerio
de
Defen·sa
nú-
tl"nro
54/1982.
de
11:
de
marzo,
dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
expresada
sentencia.
Lo
que
cornunko
a
VV.
EE.
Dios
guarde
a
VV.
EE,
muchos
años.
Madrid,
9
de
junio
de
1983.-P.
D.,
el
Secretario
general
para
Asuntos
de
Personal
y
Acción
Soc·ial,
Federico
Michavil~
PalIarás.
.
Excrnos.
Sres.
Su
bsecretario
de
Política
de
Defensa
y
General
Director
de
Mutilados
de
Guerra
por
la
Patria.
solucioneS
del
Ministerio
de
:D:Ifensa
de
30
de
enero
y16
de
marzo
de
1979,
debemos
declarar
y
_declaranos
no
ser
las
mi6-
mas
en
parte
ajustadas
a
Derecho,
y
en
consecuencia,
las
anulamos,
asimismo,
parcialmente,
reoo-nociendo,
en
oa:nbio,
a
dicho
recurrente
el
derecho
que
tiene
a
percibir
el
comple~
mento
de
destino
por
responsabilidad
en
función,
desde
la
fecha
de
la
efectividad
económica
de
su
ascenso
a
Sargonto
hasta
la
entrada
en
vigor
de
la
Ley
5/1lr76,
de
11
de
marzo,
condenando
a
la.
Administración
al
1"'ago
de
las
cantidades
que
resulten;
sin
expresa
imposición
de
costas.
Firme
que
sea
la
presente
sentencia,
remítase
testimonio
de
la
misma.-
con
el
expediente
administrativo-
al
Ministerio
de
Defensa,
para
Su
ej-eGuc1ón· ,.
cpmplimiento.
Así
por
esta
nuestra
sentencia,
de
la
Que se
untrá
certifica-
ción
al
rollo,
lo
pro·nunciamos,'
mandamo'S y
firmamos
...
Por
Orden
3/1982
de
8
de
enero,-,se
aprobó
el
cuadro
de
retri-
buciones
para
dicho
año
del
personal
civil
no
funcionario·
depen~
díente
de
establecimientos
Militares
en
concordancia
con
lo
dis-
puesto
en
el
ya
vigente
Real
Decreto
2205/1980
de
13
de
Junio.
y
concreto
desarrollo
de
su
disposición
final
tercera.
Por
exÍstir
en
la
Segunda
Región
Aérea
la-
instalación
militar·
Aeródromo
Militar
de
Alcantarilla,
Murcia,
se
hace
aconsejable
preservarla
de
cualquier
obra
o
actividad
qUe
pudiera
afectarla,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
Reglamento
de
Ejecución
de
la
Ley
8/1975,
de
12
de
marzo,_
de
Zonas
e
Instalaciones
de
Interés
gafa
la
Defensa
Nacional.
,.
. ,
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
el
informe
emitidQ
por
el
Estado
Mayor
del
Aire,
a
propuesta.
razonada
del
General
Jéfe
de
la
Segunda
Región
Aérea,
dispongo:
Artículo
1.0 Alos
efectos
prevenidos
en
el
capítulo
JI
del
título
p'rimero
del
Reglamento
de
Zonas
e
Instalaciones
.le
in~
terés
para
la
Detensa
N
ac\~al,
aprobado
por
Real
Decreto
689/
1978,
de
10
de
febrero,
gtIe
desarrolla
la
Ley
8/1975,
de
12
de
marzo,
se
e:;pnsidera
incldida
en
el
grupo
primero
la
instaidción
militar
Aer45dromo
Militar
de
Alcantarilla
(Murcia),
Art.
2..0
De
conformidad
con
lo
preceptuado
en
el
ar-
ticulo
9
del
citado
Reglamento,
se
señala
la
zona
próxima
de
seguridad,
que.
vendrá
determinada
por
los
siguientes
límites:
-
Limite
Norte:
Línea
a
100
metros
a
partir
de
la
valla
de
cerramiento
que
marca
-el
límite
exterior
de
la
base.
A
pocos
metros
de
la
citada
valla.
y
paralela
a
ella
en
toda
su
longitud.
discurre
la
línea
de
ferrocarril
Murcia-
Granada.
Queda
incluida
en
estos
líinites
la
carretera
na-
cional
340.
de
10,40
metros
de
anchn}a,
de
Cádiz
a
Barcelo-
na,
en
toda
su
vial,
que
marca
el
fin
de
los
100
metros
"citados,
abaxcando
desde
el
kilómetro
323
al
324,400.
-
Límite
Oeste:
Linea
a300
metros
a
partir
de
la
esquina
de
la
valla
de
cerrNDiento
del
límite
exterior
de
la
base,
pa-
ralela
al
límite
del
campo
de
vuelos.
-
Limite
Sur:
Linea
a
300
metros
a
partir
del
límite
que
marca
la
propiedad
militar,
en
Iíñea
paralela
al
limite
del
campo
de
vuelos
y
zona
de
lanzamientos.
-
Límite
Este:
Línea
a
300
metros
a
partir
del
límite
que
marca
el
campo
de
vuelos,
continuando
en
línea
paralela
a
103
límites
de
la
zona
de
lanzamientos,
hasta
o.tro
acc"'J-
I
so
que
conduce
directamente
al
pueblo
de
Alcantarilla,
continuando
por
la
zona
de
L€vante
y
limitando
la
zona
de
viviendas
del
Patronato
de
Casas
del
Aire,
hasta
la
carretera
nacional
340.
Madrid,
19
de
julio
de
1983.
Así
por
esta
nuestra
sentencia.
de
la
que
se
unirá
certifica-
ción
al
ro119.
lo
pronunciamos,
mandamos
y
finnamos.-
En
su
virtud,
de
conformidad
'con
lo
establecido
en
la.
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa
de
~7
de
diciembre
de
1956.
yt:n
uso
de
las
facultades
que
me'
con-
fiere
el
articulo
3.
0
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Defensa.
nú-
mero
54/1982,
de
16
de
marzo,
.dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
expresada
sentencia.
Lo
que comunico aVV. EE.
Dios
guarde
aVV. EE. muchOs aftoso
Madrid,
9
de
junio
de
1983.-P.
D.,
el
Secretario
general
para
Asuntos
de
Personal
y
Acción
Social, Federico
Michavila
Pallarés.
.
Excmos.
Sres.
Subsecretario
de
Política
de
Defensa. y
General
Director
de
Mutilados
de
Gl1errapor
la
Patria.
ORD~N
11110200811983.
de
9
de
junio.
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
de
la
Audiencia
Nacional,
dictada
con
fecha
27
de
enero
de
1983
en
el
recurso
contendoBo-admintstrativo
interpuesto
pOr
don
Luis
R¡os
Garcia,
Sargento
de la.
Legión,
Caballero
Mutilado
Permanente.
Excmos.
Sres.:
En
el
recurso
contencioso-administrativo
_se-
guido
en
única
instancia
ante
la
Sección
Tercera
de
la
Audien-
cia
Nacional,
entre
partes,
de
una,
como
demandante,
don
Luis
RIos
García,
quien
postula
por
sf
mismo,
y
de
otra,
como
demandada,
la
Administración
"ública.,
representada
y
defen-
dida
por
el
Abogado
del
Estado,
contra
resoluciones
del
Minis-
terio
de
Defensa
de
21
de
marzo
y20
de
junio
de
1979,
se
ha
dictado
sentf,mcia
con
fecha
27
de
enero
d...
1983,
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
.Fallamos:
Que
estimando
parcialmente
el
recurso
canten·
cioso·administrativo
interpuesto
por
don
Luis
Ríos
García,
'repre-
sentado
por
el
Procurador
señor
Sánchez
Malingre,
_
contra
re-
soluciones
del
Ministerio
de
Defensa
de
21
de
marzo
y20
de
Junio
de
1979,
debemos
declarar
y
declaramos
no
ser
las
mis-
mas
en
parte
ajustadas
a
Derecho,
y,
en
conE>eeuencia,
las
anulamos,
a.simismo,
parcialmente,
reconociendo,
en
cambio,
a
dicho
recUITente
el
derecho
que
tiene
a
percibir
el
comple-
mento
de
destino
por
responsabilidad
en
la
función,
desde
la
fecha
de
su
efectividad
económica
en
el
empleo
de
Sargento,
hasta
la
entrada
en
vigor
de
la
Ley
5/1976,
de
11
de
marzo,
condenando
a
la
Administración
al
pago
de
las
cantidades
que
resulten,
sin·
expresa
imposición
de
costas.
Firme
que
sea.
la.-
presente
sentencia,
remítase
testimonio
de
la
misma
con
el
expedientct
administrativo
al
Ministerio
Defensa,
para
su
ejecución
y
cumplimiento.
Así
por
esta
nuestra
sentencia,
de
la
que
se
uniré.
certifica-
ción
al
rollo,
lo
pronunéiamos,
mandamos
y
firmamos.-
En
su
virtud,
de
eonformid_ad
con
lo
establecido
en
la
Ley
reguladora
Je
la
Jurisdicción
Contencioso·Administrativa
de
27
de
diciembre
de
1956, y
en
uso
de
las
facultades
que
me
con-
fiereel
articulo
3.
0
de
la
Orden
del
Ministerio
de.
Defensa
número
5411982,
de
16
de
marzo,
dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
expresada
sentencia..
.
Lo
que
comunico
a
VV.
EE.
DIos
guarde
aVV.
EK
muchos
años.
Madrid,
9
de
junio
de
1983.-P.
D.,
el
SeGretario
general
para
Asuntos
de
Personal
y
Acción
Social,
Federico
Michavila
Pa.llarés.
Excmos.
Sres.
Subsecretario
de
Política
de
Defensa
y
General
Director
de
Mutilados
de
Guerra
por
la
Patria.
20750
ORDEN
111/02011/1983,
de
9
de
junio,
por
la
qué
se
dtspone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
de la
Audiencta
Nacional,
dictada
con
fecha
4
de
febrero
de 1983 en
el
recurso
contencioso-administrativo
in·
terpuesto
por
don
Alfredo
Casal
Sánchez,
Sargen-
to
de
la
Legión,
Caballero
Mutilado
Permanente.
Excmos.
Sres..:
En
el
recurso
contenciOGo-administrativo
se-
guido
e:p
única.
instancia
ante
la
Sección
Quinta.
de
la
Audien-
cia
Nacional,
entre
pa.rtee,
de
una,
como
demandante,
don
Al-
fredo
Casal
Sánchez,
quien
postula
por
51
mismo,
y
de
otra,
como
~emandada,
la.
Administración
'Pública,
representada
y
defendIda
por
el
Abogado
del
Est.ado
contra
reiolucion-es
del
Minister:o
de
Defensa.
de
30
de
enero'
y16 de·
marzo
de
1¡:l79
se
ha
dictado
sentencia,
con
fecha
4
de
febrero
de
1003
cuya:
parte
dispositiva
es
como
sigue:
.
.
cFallamos:
Qua
&Stim~ndo
parcialmente
el
recurso
conten-
closo-administrativo
interpuesto
por
don
Alfredo
Casal
Sánchez,
repI'€Eentado
po;r
el
Procurador
señor
Isorna
Ca.sal,
contra.
re·
20751
20752
onDEN
54/1983.
de
19
de
julio,
por
la
que
se
seña·
la
la
zona
de
seguridad
del
Aeródromo
Militar
de
Alcantarilla
(Murcia).
'
SERRA SERRA
ORDEN
55/1983,
da
20
de
julio,·
"or
.la
que
8e
aprueba
el
nuevo
cuadro
de
retribuciones
para
el
personal
civil
no
funcionario
de la
Administración
Mtlitar.

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