Decreto 32/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de la Consejería de Medio Ambiente (Agentes Medioambientales). (Continúa en Suplemento)

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 32/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueba la modifica ción de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de la Consejería de Medio Ambiente (Agentes Medioambientales).

Las Relaciones de Puestos de Trabajo constituyen el instrumento técnico a través del cual la A d m i n i s t ración opera la ordenación de sus efe c t ivo s p a ra una eficaz prestación del servicio público. Dichas Relaciones, lejos de ser un instrumento inmu t able en su confi g u ra c i ó n , p recisan ser adap t a d a s tanto a las modificaciones que las estru c t u ras orga n i z at ivas imponen como a las ex i gencias que, en cada momento re q u i e re la prestación eficaz del serv icio público.

A partir de lo anterior, esta modificación tiene por objeto dar cumpli miento a lo establecido en el Decreto 12/2000 de 20 de mayo, regulador del proceso de promoción a la Escala de Agentes Medioambientales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos del Grupo C, de los funcionarios de la Escala de Guardería del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Dicha Disposición establece en su artículo 3.2.g) que 'los funcionarios que promocionen a la Escala de Agentes Medioambientales continuarán adscritos a los puestos que vinieran desempeñando con carácter defi n i t ivo ' , todo ello de confo rm idad con la Disposición Tra n s i t o ria Novena de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y León.

Por su parte el artículo 5 del Decreto aludido señala que 'los funcionari o s que no accedan a la Escala de A gentes Medioambientales, c o n t i nuarán perteneciendo a dicha Escala (Guardería del Cuerpo de Au x i l i a res Fa c u l t at ivo s ) si bien con la consideración de a ex t i n g u i r ' , asimismo de acuerdo con la Disposición Adicional Sexta de la Ley de Ordenación de la Función Públ i c a...

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