Resolución de 9 de agosto de 2007, del Director General de Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica Resolución de desistimiento de la solicitud de renuncia a la...
Sección | D - Anuncios |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
La Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Hacienda ha dictado Resolución de desistimiento de la solicitud de renuncia a la autorización para instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado en el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación a la interesada se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Resolución de desistimiento, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a la interesada de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
Madrid, a 9 de agosto de 2007.—El Director General de Ordenación y Gestión del Juego, Edmundo Ahijón Castro.
ANEXO
Vista la solicitud de renuncia a la autorización de instalación para máquinas recreativas y recreativas con premio programado presentada el 7 de marzo de 2007, y
HECHOS
Primero
El 18 de septiembre de 2002 se solicitó conjuntamente por doña Mercedes Muñoz Blázquez, titular del establecimiento de hostelería denominado “Rober’s”, sito en Torrejón de Ardoz (Madrid), calle Encina, número 1, y la empresa operadora inscrita con el número 20.022-MA en el Registro de Juego, Sección de Empresas de la Comunidad de Madrid, y de la que es titular la sociedad EO “Recreativos Cibeles, Sociedad Anónima”, una autorización para instalar máquinas recreativas y recreativas con premio programado, contemplada en el artículo 17 del Decreto 97/1998, de 4 de junio, por el que se aprobó el Reglamento de Explotación e Instalación de Máquinas Recreativas, Recreativas con Premio Programado y de Azar en la Comunidad de Madrid.
Segundo
La Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, una vez comprobado que obraba en el expediente administrativo la documentación a que se refiere el artículo 18 del mencionado Decreto 97/1998, de 4 de junio, concedió el 23 de septiembre de 2002 la autorización para instalar máquinas recreativas y recreativas con premio programado en bares y cafeterías que había...
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