Resolución de 08/08/2014, , de autorización administrativa y aprobación del proyecto de construcción de instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: E-45211119600.
Sección | III. Otras Disposiciones y actos |
Emisor | Consejería de Fomento |
Rango de Ley | Resolución |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Fomento
Resolución de 08/08/2014, de los Servicios Periféricos de Fomento de Toledo, de autorización administrativa y aprobación del proyecto de construcción de instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: E-45211119600. [2014/10630]
Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de construcción de instalación eléctrica de alta tensión siguiente:
Referencia: E-45211119600.
Titular: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Situación: Ctra. TO-1451, p.k. 6+000 en Aldeaencabo (Toledo).
Características: Soterramiento a subterráneo del tramo de línea aérea (15 kv) entre apoyo 46-35 y CT 45CJ17, longitud de la línea subterránea de media tensión 52 mts.
Finalidad: Adecuación a normativa.
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 8 de mayo de 2014 fue solicitada la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de la instalación de referencia en estos Servicios Periféricos.
Segundo: La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 10 de julio de 2014. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.
Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Cuarto.- Se redacta Informe del Servicio de Industria y Energía de estos Servicios Periféricos, en el que se expresa la conformidad del procedimiento con lo establecido en la normativa de aplicación, informando favorablemente la autorización administrativa y aprobación de proyecto.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho:
Uno.- Estos Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento son el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por...
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