Orden 49/2007, de 4 de abril, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión interina de una plaza de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista Medicina en el Trabajo) (I.01/07)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

Con el fin de atender las necesidades urgentes de personal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, de Provisión de Puestos de Trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, convoca la provisión interina de una plaza de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista Medicina en el Trabajo), que se ajustará a las siguientes:

Bases

Primera.- Número y características de las plazas

Se convoca la provisión interina de una plaza de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista Medicina en el Trabajo). El referido Cuerpo corresponde al Grupo A con las retribuciones que determinen las disposiciones vigentes.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes

  1. - Para ser admitidos en esta selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega o de la República de Islandia o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

    También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y del Reino de Noruega o de la República de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, para el caso del cónyuge y, siempre que sean menores de veintiún años o siendo mayores de dicha edad vivan a sus expensas, para el caso de los descendientes.

    Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

    Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía, Especialista en Medicina del Trabajo.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    Se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes.

    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

    Estar en posesión del permiso de conducir "B".

  2. - Los mencionados requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante la selección.

  3. - Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que, de conformidad con la Base 6.2, estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada del Diploma de Español (nivel intermedio), el Diploma Básico de Español como Lengua Extranjera o del Certificado de Aptituden Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

    De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en consecuencia realizar la prueba indicada anteriormente.

  4. - Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas selectivas deberán presentar una fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está su cargo.

    Tercera.- Solicitudes

  5. - Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas presentarán solicitud en el impreso correspondiente en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

  6. - Las solicitudes se presentarán en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, sitas en C/ Capitán Cortés, 1 de Logroño; C/ Sagasta, 16 A de Torrecilla en Cameros; Avda. de La Rioja, 6 de Cervera del Río Alhama, C/ Juan Ramón Jiménez, 2 de Haro y Plaza de España, 5 de Nájera en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las Representaciones Diplomáticas o Consulares Españolas en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

  7. - Los impresos de solicitud serán...

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