DECRETO 134/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (maestros de instituciones penitenciarias).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

El presente Decreto tiene un doble objeto: de una parte, aprobar el Acuerdo de la sesión de 22 de junio de 2011 del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por el Real Decreto 891/2011, de 24 de junio, así como disponer su publicación; por otro lado, este Decreto procede a adscribir los servicios y las funciones transferidas en el citado Acuerdo. En virtud de dicho Acuerdo se procede a la ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (maestros de instituciones penitenciarias). Todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización requeridos en el mismo.

Por todo lo cual, a propuesta del Consejero de Interior en su calidad de Vicepresidente de la Comisión Mixta de Transferencias, previa aprobación de la Presidencia, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 28 de junio de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobar el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011 en los términos establecidos por el Real Decreto 891/2011, de 24 de junio

A través de dicho Acuerdo se procede a la ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (maestros de instituciones penitenciarias).

Así mismo, se ordena su publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco como anexo al presente Decreto.

Artículo 2 Las funciones y los servicios transferidos quedarán adscritos a los departamentos competentes en la materia.
DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 3

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio de 2011.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁlVAREZ.

El Consejero de Interior y Vicepresidente

de la Comisión Mixta de Transferencias,

RODOLFO ARES TABEADA.

ANEXO AL DECRETO 134/2011, DE 28 DE JUNIO

REAL DECRETO 891/2011, DE 24 DE JUNIO, SOBRE AMPLIACIÓN DE MEDIOS ADSCRITOS A LOS SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRASPASADOS A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, POR LOS REALES DECRETOS 2808/1980 Y 3195/1980, DE 26 DE SEPTIEMBRE Y 30 DE DICIEMBRE, EN MATERIA DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA (MAESTROS EN INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)

El artículo 149.1.30.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos...

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