SJCA nº 1 66/2007, 15 de Marzo de 2007, de Guadalajara

PonenteFRANCISCO JAVIER RAMON SIERRA
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007
Número de Recurso31/2006

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00066/2007

SENTENCIA Nº 66/07

AUTOS P.O. 31/06

En Guadalajara, a quince de marzo del dos mil siete.

El Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER RAMÓN SIERRA, MAGISTRADO JUEZ ACCTAL. del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Guadalajara, habiendo visto los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, registrados en este Juzgado con el número 31/2.006, entre partes, de una como recurrente, D. Juan Pedro, en calidad de SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL SINDICATO COMISIONES OBRERAS (CC.OO.) EN GUADALAJARA, asistido del Letrado Sr. Atance Patón; y, de otra, como demandada, la MANCOMUNIDAD VEGA DEL HENARES, representada por la Procuradora Sra. Ortiz Larriba; sobre ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado Sr. Atance Patón, en nombre y representación de UNIÓN PROVINCIAL DE COMISIONES OBRERAS EN GUADALAJARA -FEDERACIÓN DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS-, se interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Anuncio de fecha 9 de febrero de 2.006, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 29, de la MANCOMUNIDAD VEGA DEL HENARES.

SEGUNDO

Dado traslado del recurso a la entidad demandada, se sustanció por los trámites del Procedimiento Ordinario, habiéndose por la representación de dicha entidad sentencia desestimatoria. Cuantía del recurso es indeterminada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la entidad recurrente interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el Anuncio de la MANCOMUNIDAD VEGA DEL HENARES, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, Núm. 29, de fecha 9 de febrero de 2.006, sobre convocatoria del concurso mediante procedimiento abierto para adjudicar el servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos y otros, en los municipios integrantes en la Mancomunidad, ubicada en la Provincia de Guadalajara (a los folios 70 y 71 del expediente administrativo).

Interesa, en este sentido, la representación de la parte recurrente citada, se dicte Sentencia por la que se declare nula, o subsidiariamente anulable, dicha Resolución a todos los efectos legales oportunos, con las consecuencias que de dicha declaración, una u otra, se deriven a todos los efectos legales oportunos.

SEGUNDO

Así las cosas, fundamenta la representación de la parte recurrente su impugnación en las dos causas siguientes:

- en primer lugar, se invoca por la representación de la parte demandante, como causa de impugnación de la convocatoria anunciada en fecha 9 de febrero de 2.006, la nulidad de pleno derecho de acuerdo a lo establecido en el artículo 32 -letras c) y g)- de la Ley 9/1.987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1.990, de 19 de julio, sobre Negociación Colectiva y Participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, la inexistencia de negociación previa con los sindicatos más representativos, entre los que se encuentra el sindicato hoy demandante -COMISIONES OBRERAS-; y

- en segundo lugar, se alega, igualmente, la imposibilidad de que el empleador, ahora Administración pública, pueda subrogar a los trabajadores afectos al puesto o actividad que se externaliza.

Por el contrario, la representación de la Administración demandada -MANCOMUNIDAD VEGA DEL HENARES-, se opone a la estimación del recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de la parte demandante, alegando la total conformidad a derecho de actuación administrativa recurrida.

TERCERO

En este sentido, y tomando en consideración las causas de impugnación articuladas por la parte actora, que, de modo sucinto, han sido recogidas en el fundamento jurídico precedente, ninguna duda asalta a este Juzgador a la hora de afirmar que la solución al presente recurso contencioso-administrativo, pasa necesariamente por fijar, en primer término, el objeto del mismo, así como las circunstancias concurrentes en relación a éste.

De este modo, y como ya se ha apuntado en párrafos precedentes de la presente Sentencia, impugna la parte recurrente, la convocatoria del concurso mediante procedimiento abierto para adjudicar el servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos y otros, en los municipios integrantes en la Mancomunidad, ubicada en la Provincia de Guadalajara, anunciada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 29, de 9 de febrero de 2.006 - folios 70 y 71 del expediente administrativo-.

La mencionada convocatoria, aparece regida por los pliegos de Cláusulas administrativas particulares -folios 17 a 28 del expediente administrativo- y de condiciones técnicas -folios 30 a 42 del expediente administrativo-, aprobados por Acuerdo del Pleno de la citada MANCOMUNIDAD VEGA DEL HENARES, adoptado en sesión celebrada el 25 de enero de 2.006 -folio...

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