SJCA nº 1 59/2007, 7 de Febrero de 2007, de Oviedo

PonenteJUAN CARLOS GARCIA LOPEZ
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2007
Número de Recurso283/2006

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00059/2007

P.A. 283/2006

SENTENCIA

Oviedo, a siete de febrero del dos mil siete.

EL ILMO. SR. DON JUAN CARLOS GARCIA LOPEZ, Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Oviedo,

ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado como PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 283/2006, siendo la

parte recurrente Germán y Alejandro, representados por la Letrada Natalia Rodríguez Arias;

siendo demandado el Ayuntamiento de Oviedo, representado por el Procurador Luis de Miguel Bueres Fernández y dirigido por la

Letrada Patricia Ibaseta Díaz; y siendo codemandada CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS, representada por el Letrado

Adrián Álvarez Álvarez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El día dos de junio de dos mil seis presentaron recurso contencioso administrativo Germán y Alejandro contra la desestimación del Ayuntamiento de Oviedo por silencio administrativo de la solicitud de derecho al complemento específico, integrado por los elementos y la cuantía que el resto del personal que ocupa plaza y puesto de bombero-conductor en el SEIS.

Con fecha once de septiembre se tuvo por personado y parte al Letrado Adrián Álvarez Álvarez, en nombre y representación de la Asociación Sindical CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS, en calidad de codemandado.

Segundo

Del anterior recurso se dio traslado a las partes demandadas y, una vez tramitado conforme al artículo 78 de la L.J.C.A., se señaló para la vista el día 30 de enero de 2007, en cuyo acto la parte recurrente, representada por la Letrada Natalia Rodríguez Arias, se afirmó y ratificó en su escrito de demanda, oponiéndose las partes demandada y codemandada y practicándose la prueba que queda reflejada en el acta.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del presente recurso lo constituye la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud presentada por los actores ante el Ayto. de Oviedo en fecha 26 de julio de 2004 por el que se solicitaba "se reconociera el derecho de los funcionarios que suscriben respecto de los puestos de trabajo que ocupan al complemento específico integrado por los mismos elementos y en idéntica cuantía que el resto de personal que ocupa plaza y puesto de bombero-conductor en el SEIS y al abono de las diferencias retributivas resultantes en el tiempo que no se vea afectado por la prescripción".

Como antecedentes de hecho relevantes para el enjuiciamiento de la cuestión debatida en este litigio debemos tener en cuenta que los actores son funcionarios del Ayto. de Oviedo habiendo accedido ambos por medio de los correspondientes procesos selectivos para provisión de plaza de oficial conductor mecánico. Por sendos decretos de 11-9-1997 se resolvió adscribir...

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