SJCA nº 1 224/2007, 21 de Noviembre de 2007, de Segovia
Ponente | MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2007 |
Número de Recurso | 173/2007 |
JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1
SEGOVIA
SENTENCIA: 00224/2007
JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1
SEGOVIA
01610
C/ DOMINGO DE SOTO 3, 1º TEL 921-461733-463601 FAX 921-461894
Número de Identificación Único: 40194 3 0100476 /2007
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 173 /2007
Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO
De D/ña. Bartolomé
Representante Sr./a. D./Dña. SYLVIA CÓRDOBA MORENO
Contra D/ña. SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Representante Sr./a. D./Dña. ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA Nº 224/2007
En Segovia, a veintiuno de noviembre de dos mil siete.
Vistos por la Ilma. Sra. Dª. MARÍA LUACES DÍAZ DE NORIEGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de SEGOVIA, los autos de recurso contencioso-administrativo, PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 173/2007, interpuesto por la letrada Dª Sylvia Córdoba Moreno, en nombre y representación de D. Bartolomé, contra la resolución por la que se desestima recurso de reposición frente a resolución que acordaba la expulsión del territorio nacional del recurrente.
Habiendo sido parte demandada la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO, representada y defendida por el Abogado del Estado D. Jesús Besteiro Rivas.
La parte actora presentó demanda contencioso-administrativo ante este Juzgado con fecha 3/9/07. Por providencia de igual fecha se admitió a trámite la demanda formulada, se confirió traslado de la misma y documentos a la Administración demandada, ordenando la remisión del expediente administrativo y la notificación a cuantos aparezcan como interesados, y convocando a las partes a la vista señalada para el día 7 de noviembre de 2007.
Abierta la vista el día señalado, la recurrente ratificó su escrito de demanda y efectuó alegaciones en su defensa y la Administración contestó a la demanda, oponiéndose a la misma en los términos recogidos en autos. La cuantía del procedimiento fue fijada en indeterminada. Recibido el pleito a prueba, se practicaron las pruebas propuestas y admitidas (documental), con el resultado obrante en autos. A continuación las partes evacuaron el trámite de conclusiones, y se declararon los autos conclusos y vistos para sentencia.
En la tramitación de los presentes autos se han observado todas las prescripciones legales.
El presente recurso se interpone por D. Bartolomé contra la resolución por la que se desestima recurso de reposición frente a resolución que acordaba su expulsión del territorio nacional por haber sido condenado a pena privativa de libertad superior a un año.
Considera que tiene un gran arraigo en España, y no en Colombia su país de origen, ya que vive desde hace años en España con su hija de 7 años, su madre y hermana, y no tiene familia en Colombia, que de expulsarse su hija de 7...
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