SJCA nº 1 73/2007, 26 de Abril de 2007, de Segovia

PonenteANA MARTIN RODRIGUEZ
Fecha de Resolución26 de Abril de 2007
Número de Recurso46/2007

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00073/2007

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

SEGOVIA

01600

C/ DOMINGO DE SOTO 3, 1º TEL 921-461733-463601 FAX 921-461894

Número de Identificación Único: 40194 3 0100136 /2007

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 46 /2007

Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO

De D/ña. Clemente

Representante Sr./a. D./Dña. ALICIA MARTIN MISIS

Contra D/ña. SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN SEGOVIA

Representante Sr./a. D./Dña. ABOGADO ESTADO

SENTENCIA Nº 73/07.

En SEGOVIA, a veintiséis de abril de dos mil siete.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. ANA MARTÍN RODRÍGUEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de SEGOVIA, los presentes autos de recurso contencioso-administrativo, PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 46/2007 interpuesto por Clemente, representado por la Procuradora Sra. MARTÍN MISIS y defendido por el Letrado Sr. POLO PUENTES frente a la Resolución de 12 de diciembre de 2006 de la Subdelegación del Gobierno en Segovia (expte nº NUM000 ) por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por la parte actora contra resolución de la Subdelegación del Gobierno en Segovia de fecha 1 de septiembre de 2006.

Habiendo sido parte demandada la SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN SEGOVIA, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, Sr. BESTEIRO RIVAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora presentó demanda contencioso-administrativo ante este Juzgado con fecha 23-2-07. Por providencia de fecha 23-2-07 se admitió a trámite la demanda formulada, se confirió traslado de la misma y documentos a la Administración demandada, ordenando la remisión del expediente administrativo y la notificación a cuantos aparezcan como interesados, y convocando a las partes a la vista señalada para el día 18-4-07.

SEGUNDO

Abierta la vista el día señalado, la recurrente ratificó su escrito de demanda y efectuó alegaciones en su defensa y la Administración contestó a la demanda, oponiéndose a la misma en los términos recogidos en autos. La cuantía del procedimiento fue fijada en indeterminada. Recibido el pleito a prueba, se practicaron las pruebas propuestas y admitidas, con el resultado obrante en autos. A continuación las partes evacuaron el trámite de conclusiones, y se declararon los autos conclusos y vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso jurisdiccional la Resolución de 12 de diciembre de 2006 de la Subdelegación del Gobierno en Segovia (expte nº NUM000 ) por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por la parte actora contra resolución de la Subdelegación del Gobierno en Segovia de fecha 1 de septiembre de 2006, que deniega la solicitud de renovación de autorización de trabajo y residencia a favor del ciudadano extranjero Clemente, por causa de lo dispuesto en el artº 53 y 54.9 del RD 2393/04, de 30-12, que aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, por el motivo de contar con un informe policial desfavorable.

SEGUNDO

Dicho informe policial, de fecha 26-06-06 y obrante al folio 21 del expediente administrativo, procede de la Comisaría Provincial de Segovia y señala literalmente que en fecha 23-05-06 es detenido en Valencia por el Juzgado de Valencia de Violencia sobre la mujer 1, DP. 1105-06, por malos tratos habituales.

Se señala pues la existencia de dicho antecedente del que solo consta la existencia de acusación pública incriminatoria en vía penal, a la que se opone el interesado, ya que como consta acreditado en autos mediante prueba documental aportada en el acto del juicio por el recurrente, Dª Gabriela, con N.I.E. nº NUM001 en calidad de perjudicada el 30 de marzo de 2007 comparece ante el Juzgado de lo Penal nº 8 de Valencia en el P.A. nº 000101/2006 al objeto de retirar la denuncia y apartarse como acusación particular, toda vez que en la actualidad convive con el acusado, aquí recurrente, deduciéndose sin más de lo anterior la existencia de un informe gubernativo previo desfavorable, que motiva en exclusiva la denegación de dicha renovación de autorización...

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