STSJ Cataluña , 18 de Noviembre de 2004

PonenteEMILIO RODRIGO ARAGONES BELTRAN
ECLIES:TSJCAT:2004:13102
Número de Recurso861/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 861/2000 Partes: DASOL, S.L. C/ TEARC.

S E N T E N C I A Nº 1169/04 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN.

MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL.

D. JOSE LUIS GOMEZ RUIZ.

En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de noviembre de dos mil cuatro.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

861/2000, interpuesto por DASOL, S.L., representado por el Procurador ERNESTO HUGUET FORNAGUERA, contra TEARC, representado por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO ARAGONES BELTRAN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. ERNESTO HUGUET FORNAGUERA, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA (TEARC) de fecha 16 de febrero de 2000, desestimatoria de las reclamaciones económico-administrativas acumuladas núms. 12690/1998 y 12711/1998 interpuestas contra acuerdos dictados por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación en Barcelona de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto de IVA, ejercicios de 1995 y 1996, y cuantía de 470.057 pesetas.

SEGUNDO

La controversia litigiosa de fondo se ha mantenido en el presente proceso jurisdiccional en los mismos términos, jurídicos y de elementos probatorios, que el suscitado en vía económico-administrativa.

La resolución del TEARC impugnada la aborda señalando que se trata de la aplicabilidad o no de la regla de prorrata en base a la consideración de los arrendamientos de viviendas amuebladas efectuadas por la recurrente como exentos, tal como sostiene la Administración, o como sujetos y no exentos, según sostiene la recurrente, al comprenderse en el apartado 23....

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