STSJ Comunidad Valenciana , 9 de Septiembre de 2005

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2005:5467
Número de Recurso201/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número: 201/04 S E N T E N C I A N º 648 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. SALVADOR BELLMONT Y MORA Magistrados D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia , a nueve de septiembre de dos mil cinco.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 201/04 promovido por la Procuradora Asunción Garcia de la Cuadra Rubio en nombre y representación de Jesús María , contra resolución dictada por el TEARV en fecha 31-10- 2003 en el expdte. nº 12/1404/02, sobre IVA ejercicio 1998, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiendose recibido el proceso a prueba, ni habiendose solicitado el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día 8 de septiembre del presente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interponen los dos recursos contencioso-administrativo acumulados en el presente procedimiento frente a los siguientes actos: 1) La Resolución adoptada con fecha 30.1.2004 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de la reclamación en su día formulada por el hoy demandante contra el Acuerdo de la Administración de Hacienda de Vila-Real de fecha 19.11.2001, conteniendo liquidación provisional por el concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al 4-T de 1998, y por importe de 370.307 pesetas (2.225,59 euros); el motivo de girarse esta liquidación fue la consideración por el órgano gestor de la incorrección de las cantidades consignadas en el 4-T del ejercicio 1998, procedentes del saldo a compensar generado en el 3-T de 1993; consideración que derivó del entendimiento de la Administración de que, al iniciarse el cuarto trimestre de 1998, había ya caducado la posibilidad de devolución del saldo a compensar generado en el tercer trimestre de 1993, por haber transcurrido el plazo previsto en los arts. 99 y 100 de la Ley del Impuesto ; y 2) La Resolución adoptada con fecha 31.10.2003 por el TEARV, desestimatoria de la reclamación deducida por el actor contra el...

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