Acuerdo relativo al despliegue de dos buques adicionales de la marina de los Estados Unidos en la base naval de Rota para el desarrollo de la cooperación establecida por el Segundo protocolo de enmienda del Convenio de Cooperación para la defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, hecho en Madrid el 8 de mayo de 2023.

MarginalBOE-A-2023-14214
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO AL DESPLIEGUE DE DOS BUQUES ADICIONALES DE LA MARINA DE LOS ESTADOS UNIDOS EN LA BASE NAVAL DE ROTA PARA EL DESARROLLO DE LA COOPERACIÓN ESTABLECIDA POR EL SEGUNDO PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA LA DEFENSA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

En el marco del Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América sobre Cooperación para la Defensa de 1 de diciembre de 1988 (en lo sucesivo, «el Convenio»), y en el marco de la cooperación establecida por el Segundo Protocolo de Enmienda del Convenio de 10 de octubre de 2012;

Con el objetivo de contribuir de forma significativa a la estabilidad regional y a la seguridad común en África, Europa y el Oriente Próximo, y con miras a contribuir en mayor medida al sistema de defensa contra misiles balísticos de la Alianza Atlántica;

Reconociendo, por medio de una declaración conjunta del presidente del Gobierno de España y del presidente de los Estados Unidos de América de 28 de junio de 2022, el deseo de fortalecer y ampliar su cooperación en cuestiones de defensa a través del estacionamiento de otros buques de la Marina de los Estados Unidos en la Base Naval de Rota, y en el espíritu del Convenio de seguir profundizando en la cooperación y en la ampliación de las capacidades desplegadas en la Base Naval de Rota.

A petición de los Estados Unidos, a través del Comité Permanente Hispano-Norteamericano, de aumentar de cuatro a seis los buques de la Marina de los Estados Unidos autorizados a tener base permanente en la Base Naval de Rota;

Considerando que esta petición no cambia las misiones ni el tipo de fuerzas ya autorizadas, ni tampoco modifica el nivel de efectivos militares y civiles estadounidenses autorizados de forma permanente en la Base Naval de Rota; y

Reconociendo que el artículo 3 del mencionado Segundo Protocolo de Enmienda del Convenio prevé celebrar acuerdos administrativos en desarrollo;

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de los Estados Unidos de...

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