ACUERDO GOV/90/2019, de 25 de junio, por el que se aprueba el Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea 2019-2022 y se acuerda el envío al Parlamento de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Rango de LeyAcuerdo

La Ley 16/2014, del 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea, tiene por objeto desarrollar las competencias de la Generalidad de Cataluña en materia de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea en coordinación con el conjunto de actores que trabajan en el escenario internacional para seguir avanzando hacia una acción exterior eficaz y coherente.

En este sentido, entre otros instrumentos de planificación, coordinación y seguimiento de la acción exterior y de las relaciones con la Unión Europea, el artículo 15 de la Ley 16/2014, del 4 de diciembre, prevé la aprobación por parte del Gobierno, con una periodicidad cuatrienal, del Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea. Este plan debe ordenar sectorialmente, geográficamente e institucionalmente las prioridades y los objetivos a medio plazo de la acción exterior del conjunto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña.

La elaboración del Plan corresponde al departamento competente en materia de acción exterior de acuerdo con la Ley 16/2014, del 4 de diciembre, es decir, al Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia. El Plan se debe elaborar con la colaboración del resto de departamentos, integrando sus propuestas efectuadas en el marco de la Comisión Interdepartamental de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea. También se debe garantizar la información, consulta y participación del resto de actores de la acción exterior de Cataluña, especialmente de los entes locales de Cataluña y la sociedad civil competente en esta materia que forman parte del Consejo de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea.

En aplicación del apartado segundo del artículo 15 mencionado, y los artículos 5 a 9 del Decreto 207/2015, de 22 de septiembre, de despliegue de la coordinación y de los órganos de coordinación, participación y seguimiento previstos en la Ley 16/2014, del 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea, durante el proceso de elaboración se ha promovido la participación de todas las unidades departamentales a fin de que hagan las aportaciones que consideren oportunas en el marco de la Comisión Interdepartamental de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea.

Posteriormente, también en aplicación del artículo 15.2 de la Ley 16/2014, del 4 de diciembre, y mediante el Consejo de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea, se ha dado...

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