Acuerdo entre empresa y trabajador relativo a la retribución de horas extraordinarias por fuerza mayor
Autor | Marta Aguza Merchán - Vicente L. Albert Embuena |
Cargo del Autor | Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (I.C.A.V.) - Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. (I.C.A.V.), Doctor en Derecho y profesor asociado de la Facultad de Derecho (Universidad de Valencia) |
Actualizado a | Julio 2022 |
En la Ciudad de........................ a ........ de ........................... de .............
REUNIDOS
DE UNA PARTE, D. .............................., mayor de edad, titular del DNI nº .............................. actuando en nombre y representación de la entidad mercantil .............................. , con domicilio social en .............................. y con C.I.F. nº.............................., en calidad de ...............
Y DE OTRA, D. .............................., mayor de edad, titular del DNI nº ................................. y con domicilio en .............................., en calidad de trabajador de la empresa (..........)
Reconociéndose mutuamente las partes la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente ACUERDO DE RETRIBUCIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS POR FUERZA MAYOR al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
EXPONEN
UNO.- Voluntariedad. Ambas partes acuerdan de forma voluntaria la firma del presente acuerdo de retribución horas extraordinarias, siguiendo lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, concertándolo y conviniéndolo en este acto de acuerdo con las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- LAS HORAS EXTRAORDINARIAS. Son aquellas que se realicen cuando se supere la duración máxima de la jornada de trabajo ordinaria, determinada en el convenio colectivo de ..........................
Existiendo diferentes tipos de horas extraordinarias, se consideran por fuerza mayor aquellas que resultan de naturaleza obligatoria en la medida en que irían destinadas a prevenir o reparar siniestros, y otros daños extraordinarios y urgentes, estando el trabajador obligado a cumplir con la realización de las mismas.
SEGUNDO: COMPENSACIÓN HORAS EXTRAORDINARIAS FUERZA MAYOR. Que no existiendo regulación convencional a tener en cuenta en la presente materia, mediante el presente acuerdo...
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