Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de julio de 2019 por el que se modifica la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Sección | III. Otras disposiciones y actos administrativos |
Emisor | CONSEJO DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Acuerdo |
El artículo 5.2.g) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual. Asimismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que le corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.
Por otra parte, el artículo 6.2.f) del texto legal mencionado atribuye al consejero o consejera competente en materia de función pública la competencia de proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración autonómica.
La relación de puestos de trabajo vigente correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es la que se aprobó mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2015 (BOIB n.º 98, de 3 de julio), con las correspondientes modificaciones.
Mediante el Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Esta nueva estructura hace necesario adecuar la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la nueva composición del Gobierno.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en la sesión del día 5 de julio de 2019 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se adjunta como anexo de este acuerdo.
Segundo. Facultar a la consejera de Administraciones Públicas y Modernización para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de este acuerdo.
Tercero. Ordenar la publicación íntegra de este acuerdo y de su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, momento a partir del cual producirá efectos.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 i 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.
Palma, 5 de julio de 2019
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra
ANEXO
Relación de puestos de trabajo de personal eventual que se modifican, se crean o se suprimen
-
Puestos de trabajo de personal eventual que se modifican
Donde dice:
ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Presidencia del Gobierno
DENOMINACIÓN DEL PUESTO RETRIBUCIONES ANUALES Jefe/a de la Secretaría de Proyectos y Estrategia 48.753,84 euros Secretario/Secretaria de Protocolo y Relaciones Públicas 48.753,84 euros Jefe/a de la Secretaría de Presidencia 48.753,84 euros Jefe/a de la Secretaría de Atención Ciudadana 48.753,84 euros Jefe/a de la Secretaría de Comunicación 48.753,84 euros Asesora/Asesor Técnica/Técnico 48.753,84 euros Secretaria/Secretario 30.621,37 euros Debe decir:
ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Presidencia del Gobierno
DENOMINACIÓN DEL PUESTO RETRIBUCIONES ANUALES Jefe/Jefa de la Secretaría de Estrategia 48.753,84 euros Jefe/Jefa de la Secretaría de Protocolo y Relaciones Públicas 48.753,84 euros Jefe/Jefa de la Secretaría de Presidencia y de Atención Ciudadana 48.753,84 euros Jefe/Jefa de la Secretaría de Comunicación 48.753,84 euros Jefe/Jefa de la Secretaría de Proyectos 48.753,84 euros Asesora técnica / Asesor técnico 48.753,84 euros Secretaria/Secretario 30.621,37 euros Donde dice:
ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Trabajo, Comercio e Industria
DENOMINACIÓN
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