Acuerdo Administrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HABITAT), relativo a las Disposiciones Administrativas, Financieras y Programáticas del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao, hecho en Nairobi el 6 de julio de 2023.

MarginalBOE-A-2023-20042
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA Y EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS RELATIVO A LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS, FINANCIERAS Y PROGRAMÁTICAS DEL SECRETARIADO DE LA COALICIÓN LOCAL2030 EN BILBAO

Considerando que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España (en lo sucesivo, el «Ministerio») en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior, encargado de planificar, dirigir, ejecutar y evaluar la política exterior del Estado y la política de cooperación internacional para el desarrollo sostenible, así como coordinar y supervisar todas las actuaciones que en dichos ámbitos realicen, en ejecución de sus respectivas competencias, los restantes departamentos y administraciones públicas; Así como, entre otras competencias, preparar, negociar y tramitar los Tratados Internacionales de los que España sea parte;

Considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció a ONU-Hábitat originalmente como Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Hábitat) por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 32/162, de 19 de diciembre de 1977 y elevado posteriormente a la categoría de Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat) mediante la Resolución 56/206, de 21 de diciembre de 2001, es el organismo coordinador dentro del sistema de las Naciones Unidas de las actividades relacionadas con los asentamientos humanos y, en colaboración con los gobiernos, se encarga de promover y consolidar la colaboración con todos los asociados, incluidas las autoridades locales, las organizaciones privadas y no gubernamentales en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular, el Objetivo 11 de «Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles», así como el coordinador de tareas del capítulo de asentamientos humanos de la Agenda 21 y punto focal para el seguimiento, evaluación y aplicación de la Nueva Agenda Urbana adoptada durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III) celebrada en Quito, Ecuador, en 2016;

Tomando nota que ONU-Hábitat cuenta con una larga tradición de colaboración con las instituciones españolas, no sólo a nivel nacional sino con las administraciones locales y regionales, academia, sociedad civil y otras partes interesadas, con fines de actividades normativas y operativas, cooperación entre ciudades e intercambio de experiencias en materia de desarrollo urbano sostenible;

Considerando que el Reino de España viene siendo uno de los países promotores y líderes de la Agenda 2030 a través de sus políticas internas como de Cooperación internacional para el Desarrollo Sostenible y de «Localización de los ODS», siendo un claro ejemplo de la misma su estructura territorial descentralizada, así como la Cooperación Descentralizada, y la buena acogida de iniciativas de implementación de los ODS tanto en el ámbito regional como local, siendo ONU Hábitat un actor fundamental;

Considerando que el día 23 de marzo de 2010 se firmó el «Acuerdo de cooperación entre el Reino de España y el Programa de la Organización de las Naciones Unidas para los asentamientos humanos (ONU-HABITAT)» (en adelante el «Acuerdo de Cooperación 2010») que según el párrafo 5 de su artículo I es de aplicación a todos los programas, proyectos y actividades que ONU-Hábitat emprenda con financiación del Reino de España, y en el cual el párrafo 4 de su artículo I prevé expresamente la posibilidad de que los órganos competentes de las Partes celebren acuerdos administrativos para la ejecución de proyectos concretos,

Considerando que el día 30 de noviembre de 2011 se firmó el «Acuerdo entre el Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos para su establecimiento en España» (en adelante Acuerdo de sede), cuyo artículo 31 plantea de forma expresa la posibilidad de que España acuerde ceder el uso y disfrute de determinados locales públicos mediante un acuerdo administrativo ad hoc que regule los aspectos de dicha cesión entre ONU-Hábitat y la correspondiente Administración pública española;

Considerando que, sobre la base del mencionado Acuerdo de Sede, que prevé la acogida de oficinas de ONU-Hábitat en el Reino de España, sus disposiciones se aplicarán mutatis mutandis al Secretariado, sus activos, personal, acuerdos de acogida relacionados y operaciones en el Reino de España;

Considerando que la Coalición Local2030 es la plataforma de todo el sistema de las Naciones Unidas para apoyar y acelerar la localización de los ODS, que reúne al sistema de las Naciones Unidas, los gobiernos nacionales, regionales y locales y sus asociaciones, las empresas y las organizaciones comunitarias para fomentar la colaboración y la innovación y compartir soluciones y aplicar estrategias para apoyar a las partes interesadas locales en la consecución de los ODS y Agenda 2030. La Coalición Local2030 está copresidida por ONU-Hábitat y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo para el periodo 2022-2023, y ONU-Hábitat actúa como copresidente permanente y como Secretaría de la Coalición Local2030. Como Secretaría, ONU-Hábitat es responsable del establecimiento y la gestión de los espacios de la Secretariado de la Coalición Local2030, su personal y sus operaciones;

Considerando que España, a través de su Representación Permanente ante las Naciones Unidas en Nueva York, remitió al Comité Director de la Coalición Local2030, el 13 de julio de 2022, una propuesta formal para el establecimiento del Secretariado de la Coalición Local2030 en la ciudad de Bilbao, España. Una propuesta de país, como expresión de la alianza multinivel y colaboración conjunta del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, del Gobierno Vasco, del Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación BBK, y articulado en torno a un compromiso político y presupuestario destinado a contribuir a los esfuerzos de la comunidad internacional en materia de localización de la Agenda 2030;

Considerando que el Ministerio fue informado formalmente, mediante carta de fecha 8 de septiembre 2022 remitida a la Representación Permanente de España ante las Naciones Unidas, de la designación de la ciudad de Bilbao (España) como sede del Secretariado de la Coalición Local2030, tras la manifestación de interés del Reino de España para apoyar y facilitar el mejor cumplimiento de los objetivos y funciones del Secretariado de la Coalición Local2030 en candidatura presentada el 13 de julio de 2022;

Considerando que, de conformidad con el Memorando de Entendimiento firmado el 31 de octubre de 2022, en la ciudad de Bilbao (España), entre el Ministerio y ONU-Hábitat, en el que las Partes acordaron cooperar para el establecimiento del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao, España (en lo sucesivo el MoU);

Por consiguiente, el Ministerio y ONU-Hábitat convienen en suscribir el presente Acuerdo relativo a las disposiciones administrativas, financieras y programáticas del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao, en el Reino de España con arreglo al siguiente clausulado:

Cláusula I. Naturaleza del presente acuerdo.

Por parte del Reino de España, la naturaleza de este Acuerdo Administrativo es de «Acuerdo Internacional Administrativo», resultando de aplicación lo previsto en los artículos 38 a 42 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

Cláusula II. Objetivos del Acuerdo.

Este Acuerdo Administrativo tiene como objetivos principales:

  1.  Regular la cesión de España a ONU-HABITAT del uso y disfrute de unos locales públicos en Bilbao para albergar el Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao, en desarrollo del artículo 31 del Acuerdo de Sede de 2011;

  2.  Desarrollar e implementar un Plan de Trabajo del Secretariado de la Coalición Local2030, en ejecución y concreción del artículo I, párrafos 4 y 5, del Acuerdo de Cooperación de 2010;

  3.  Precisar los términos de la financiación aportada por España para los gastos del Secretariado y del citado Plan de Trabajo.

    Cláusula III. Compromisos de las Partes.

  4.  El Ministerio, aportará la cantidad de €9.000.000 (nueve millones de euros) (en lo sucesivo «la Aportación»), en base al esquema de personal y líneas de trabajo recogidos en los anexos 1 y 2. La Aportación se desembolsará a lo largo de tres (3) años, con cargo a los créditos ordinarios de los diferentes actores según lo acordado en el Convenio de Colaboración Interadministrativa entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030; el Gobierno Vasco, a través de la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030, el Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación Bancaria BBk relativo al establecimiento del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao.

  5.  El Ministerio depositará las aportaciones en la cuenta bancaria que se especifica a continuación:

    Nombre del banco: JP Morgan AG.

    Dirección: Junghofstrasse 14, 60311 Frankfurt, Germany.

    Tel. +1-212-2700452, Fax: +1-212-2701575.

    Titular: UN-Habitat.

    No. Cuenta:

    Transferencias:

    IBAN:

    BIC:      ; Bank Branch Code:

    Moneda: Euro.

    Tel No.: +(49-69) 7124-4461.

    Fax Number: +(49-69) 7158-2209.

    ONU-Hábitat recibirá y administrará la Aportación a que se hace referencia en el inciso 1 de conformidad con las normas y Reglamento Financiero de las Naciones Unidas y las políticas, procedimientos y prácticas de ONU-Hábitat y estará sujeta a un 13 % de gastos indirectos de apoyo a los programas (PSC por sus siglas en ingles).

  6.  Además de la Aportación, el Ministerio se compromete en relación...

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