Acuerdo Administrativo con la Agencia Estatal de Investigación sobre coordinación relativa a la Ejecución de las contribuciones nacionales, hecho en Madrid y Luxemburgo el 15 y 17 de enero de 2024.

MarginalBOE-A-2024-2473
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADMINISTRATIVO CON LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN SOBRE COORDINACIÓN RELATIVA A LA EJECUCIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES NACIONALES

El Reino de España representado por la Agencia Estatal de Investigación (AEI) como una de las autoridades nacionales de financiación, cuya dirección es calle Torrelaguna, 58, 28071 Madrid, representada por su director, Prof. Domènec Espriu Climent,

Y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento (EuroHPC JU, en adelante Empresa Común), representada por su director ejecutivo Anders Dam Jensen,

en lo sucesivo «las Partes»,

Acuerdan por la presente

Coordinarse para la ejecución de las contribuciones nacionales de la AEI, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen a continuación:

  1.  Generalidades.

    De conformidad con el artículo 8 del Reglamento(1) de la Empresa Común Euro HPC y con el fin de garantizar una buena administración y la máxima simplificación para los beneficiarios, la AEI seguirá, siempre que sea posible, las normas del programa de la UE y de la Empresa Común a la hora de ejecutar sus contribuciones nacionales.

    (1) En consonancia con el artículo 7 del Reglamento (UE) 2021/1173 del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se crea la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento

    Ambas Partes se esforzarán por reforzar sus contactos mutuos, garantizar la coordinación y la cooperación y fomentar el intercambio de información a lo largo de la ejecución de las subvenciones.

  2.  Programación conjunta.

    La AEI y la Empresa Común se informarán y se mantendrán mutuamente informadas sobre su programación.

    Para ello, en un plazo de 30 días a partir de la solicitud del Director Ejecutivo de la Empresa Común, la AEI comunicará lo siguiente:

    – La lista de convocatorias de la Empresa Común en las que participará aportando subvenciones nacionales complementarias, así como el presupuesto máximo indicativo de financiación nacional con el que se compromete en cada una de las convocatorias.

    – Los criterios específicos de elegibilidad que se propone aplicar para la financiación nacional, si los hubiera.

    Los importes máximos comprometidos de financiación nacional deberán, en la medida de lo posible, ser proporcionales(2) a la financiación de la Empresa Común y fijarán la proporción de la contribución de ambas partes a la convocatoria en cuestión.

    (2) Reglamento (UE) 2021/1173 del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se crea la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento

    El programa de trabajo de la Empresa Común incluirá...

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