Estado actual del régimen matrimonial valenciano cinco años después de su instauración

AutorCésar Belda Casanova
CargoDecano del Ilustre Colegio Notarial de Valencia
Páginas20-30
Número 14SEGUNDO NÚMERO Diciembre 2013
www.derechocivilvalenciano.com - Facultat de Dret - Avda. dels Tarongers s/n, 46022 València. Espanya
ESTADO ACTUAL DEL RÉGIMEN MATRIMONIAL VALENCIANO, CINCO AÑOS
DESPUÉS DE SU INSTAURACIÓN
César Belda Casanova
Decano del Ilustre Colegio Notarial de Valencia
I.- INTRODUCCIÓN.
Hace ya 5 años que tenemos en vigor la Ley que instauró un nuevo régimen matrimonial
para los valencianos. Porque lo que la Ley hizo fue precisamente eso: Instaurar un nuevo régimen
económico matrimonial para los valencianos; es decir, para los que, con arreglo al art. 9-2 del
Código civil, estén sometidos al régimen matrimonial valenciano, que serán aquellos que, se casen
donde se casen, sean valencianos los dos. En su defecto, también se aplicará cuando uno de ellos lo
sea y así se pacte en capitulaciones matrimoniales; o si no siendo valenciano alguno de ellos, se fija
la residencia en la Comunidad Valenciana inmediatamente después de celebrado el matrimonio; y,
en última instancia, el régimen será el valenciano si la novia es valenciana. Ya que esto no lo
dice la Ley, que la ley a lo que hace referencia es al lugar de celebración del matrimonio. Pero todos
nos casamos donde vive la novia. Y ésta suele vivir donde vive su madre. Por eso el régimen será el
valenciano en esta última instancia si la madre de la novia vive en nuestra Comunidad.
Pues bien, después de 5 años creemos que ya estamos en condiciones de comprobar cómo ha
funcionado nuestro régimen, y qué costuras del texto han aguantado bien, y cuáles, de ahora o para
el futuro, tendríamos que ajustar. Porque muy lejos de lo que se pueda pensar, este tipo de normas
producen un efecto colateral innegable. Y es eso lo que esperamos demostrar con este pequeño
comentario.
II.- ASPECTOS ESTADÍSTICOS
Para comprender la conveniencia del régimen establecido y su debida atención a una
demanda social real del régimen de separación de bienes, basta traer a colación los números de
pactos en capitulaciones matrimoniales:
De julio de 2008 a día de hoy, el número de capitulaciones matrimoniales pactando la
sociedad de gananciales en la Comunidad Valenciana fue de 2.044. Por el contrario, de julio de
2004 a 2008 el número de capitulaciones pactando la separación de bienes fue de 25.566.

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