DECRETO 228/1985, de 16 de octubre, de actuación comarcal de reforma agraria en Antequera (Málaga).

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

Con el presente Decreto culmina todo un complejo proceso de actividades preparatorias de la ejecución del Programa de Reforma Agraria en la comarca de Antequera.

Programa que cristaliza en una definición de orientaciones productivas a desarrollar en la comarca, acordes con su riqueza natural y la coherencia de una política agraria racional, una serie de actuaciones sobre la estructura de las explotaciones agrarias, cumpliendo así el contenido de la Ley de Reforma Agraria, actuaciones en materia de investigación y desarrollo experimental para fomentar la innovación tecnológica referente a las orientaciones definidas, buscar nuevas orientaciones y estudiar su adaptación a la zona, y acciones tendentes a la mejora y desarrollo de la transformación y comercialización de los productos resultantes. Además de las actuaciones mencionadas sobre las estructuras productivas y comerciales se han considerado las necesarias acciones sobre la estructuras humanas, mediante planes de formación agraria tendentes tanto a la capacitación de agricultores como de trabajadores agrícolas que puedan acceder a la explotación de los nuevos asentamientos que se produzcan como consecuencia de la ejecución del presente Decreto. Por lo que la aplicación de la Ley de Reforma Agraria se refiere, el resultado del análisis y estudio en profundidad del grado de aprovechamiento global de las explotaciones de más de 300 Has. de secano ó 50 Has. de regadío de la Comarca de Antequera, ha venido a corroborar las tesis mantenidas en la exposición de motivos de la Ley de Reforma Agraria y pueden sintetizarse en el siguiente párrafo de la citada exposición de motivos: "Aunque el desarrollo productivo de la agricultura andaluza ha sido notorio, la existencia de una determinada estructura de propiedad y explotación ha determinado una evidente infrautilización del recurso tierra". Quiere ello decir que el concepto de tierra ociosa, tópico que alentó las reivindicaciones históricas de reforma agraria, tiene una lectura hoy aún válida, aunque diferente a la de ayer. Frente a quienes opinan que los grandes agricultores de Andalucía son muy homogéneos en cuanto al grado de aprovechamiento de sus tierras, aparece claramente en los estudios una nítida y fuerte diferenciación entre las explotaciones. Así de las noventa y cinco explotaciones directamente afectadas por la Ley de Reforma Agraria en la Comarca de Antequera, doce tienen un grado de aprovechamiento superior al ochenta por ciento del aprovechamiento óptimo considerado para la Comarca, veinte tienen un grado de aprovechamiento comprendido entre el aprovechamiento medio de la Comarca y el ochenta por ciento del aprovechamiento óptimo, cincuenta y una tienen un nivel de aprovechamiento comprendido entre el nivel medio y el cincuenta por ciento de éste, y por último, doce están por debajo del cincuenta por ciento del nivel de aprovechamiento medio. De lo anterior se deduce además de una nítida diferenciación, el hecho de que dicha diferenciación se manifiesta por la existencia, dentro del conjunto de las explotaciones afectadas por la Ley, de un mayor número de explotamiento con aprovechamientos inferiores al nivel medio comarcal. Los elementos más destacados que explican esta diferenciación entre las explotaciones con rendimiento superior a la media y las que tienen rendimiento inferior a dicho nivel, y en especial entre las explotaciones de cabeza y las de cola, son principalmente tres: Uso racional e intensivo del suelo, existencia de olivar con elevado potencial productivo y existencia de algún tipo de ganadería, ligada a la tierra y en aprovechamiento integral.

Estos resultados nos llevan a afirmar que cuando el legislador exponía en otro lugar del apartado 3 de la exposición de motivos de la Ley de Reforma Agraria que "...a pesar de que una gran parte de los grandes propietarios acometieron la modernización de sus explotaciones, mecanización, mejora de la técnica de cultivo, introducción de nuevas variedades, etc., sus estrategias empresariales han conducido a una estructura de cultivos, a un uso del suelo y a unos desequilibrios agricultura-ganadería que evidencian, entre otras cosas, un aprovechamiento inadecuado de los recursos naturales de Andalucía", no estaba lejos de la realidad a tenor de lo que, después de muchos meses de estudios y trabajos, se ha demostrado en la Comarca de Antequera, primera comarca declarada de Reforma Agraria por el Gobierno de Andalucía. El proceso seguido desde la declaración de la comarca de Reforma Agraria de Antequera, en noviembre de 1984, hasta la aprobación del Decreto de Actuación Comarcal, en octubre de 1985, ha sido largo y complejo. Por ello, consciente de la responsabilidad histórica contraída, la Consejería de Agricultura y Pesca ha sido escrupulosa y rigurosa tanto en la calidad técnica de los trabajos desarrollados, -en especial de clasificación de los suelos de las explotaciones afectadas y definición de las equivalencias entre las distintas clases-, como en cumplir puntualmente todos los mecanismos de participación de los grupos sociales afectados y de garantía jurídica de los administrados previstos en la Ley de Reforma Agraria y en su Reglamento.

Pero, además de cumplir fielmente todos los preceptos legales establecidos, se ha tratado de tener en cuenta, con la mayor amplitud posible, todas las alegaciones realizadas por los titulares de explotaciones afectadas en cuanto a las clasificaciones de sus tierras. Buena prueba de ello ha sido el elevado número de alegaciones aceptadas. La oferta de participación a las fuerzas sociales ha sido, por otra parte, considerable, puesto que además de seguir el cauce institucional de la Junta de Reforma Agraria, se ha mantenido en todo momento una estrecha relación con sindicatos obreros, organizaciones profesionales agrarias y Ayuntamientos de la Comarca de Antequera.

Pero con este Decreto de Actuación Comarcal de Reforma Agraria no sólo se configura lo justo de la tesis y planteamiento mantenidos en la Ley de Reforma Agraria, sino que se visualiza por primera vez el auténtico alcance de este proceso de Reforma Agraria contenida en la Ley y desarrollado en su Reglamento.

Así, cuando se planteaba que el cumplimiento del precepto de la función social de la propiedad no sólo afectaba a la rentabilidad privada, sino también a la rentabilidad social, ha tenido su justa traducción al incorporar como índice que forma parte del cálculo del rendimiento, el índice de empleo con una importante ponderación. La filosofía de defensa de los recursos naturales que también impregna el concepto de función social de la propiedad, presente en la Ley de Reforma Agraria, tiene su traducción en un ambicioso y novedoso Plan de Transformación Forestal, que trata de hacer compatible en las zonas más erosionadas y degradadas de la Comarca de Antequera, la creación de riqueza forestal con la conservación de los recursos de tierra y agua.

La finalidad básica de conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos no sólo desde un punto de vista privado sino asimismo desde una óptica social, se alcanzará mediante la expropiación de doce explotaciones, imposición de planes de mejora forzosos a cuarenta y cuatro y la exacción del impuesto de tierras infrautilizadas a otras veintisiete, que podrán quedar exentas del impuesto si presentan un plan de intensificación de cultivos. Todo ello contribuirá indudablemente en los próximos años a la generación de riqueza y empleo en la Comarca de Antequera.

El objetivo de permitir el acceso al uso de la tierra de los trabajadores agrícolas y de crear un fuerte sector cooperativo en la esfera de la producción, se plasma en las expropiaciones de fincas, y otras adquisiciones que el IARA pueda realizar en la Comarca, cuyo destino será el asentamiento, en breve plazo, de explotaciones comunitarias de trabajadores agrarios.

A fin de la adecuada preparación de dichos trabajadores se ha desarrollado y se seguirá desarrollando, un programa integral de cursos de formación agraria y cooperativa.

En todo momento subyace en la Ley de Reforma Agraria un objetivo último de contribuir a paliar los graves problemas sociales que existen en el medio rural de Andalucía, y en coherencia con ello se propugna que la Reforma Agraria es algo más que actuaciones sobre las grandes explotaciones. Por ello, el Decreto de Actuación de Antequera contiene un importante volumen de inversiones, tanto en el Plan de Transformación Forestal, que afecta a 25.000 hectáreas, como en el Plan de Obras que se establece y que representa un importante impulso en la transformación de pequeños regadíos de los que se beneficiarán no sólo los trabajadores agrícolas, sino también los pequeños agricultores. Así mismo se incluyen ciertas obras para mejorar la infraestructura del medio rural que elevarán la calidad de vida de los habitantes de los núcleos rurales menos equipados.

Junto a ello también se aborda un amplio conjunto de disposiciones legales cuya finalidad es la de mejorar la comercialización y transformación de...

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