Acontecimientos de excepcional interés público: criterios de aplicación de los beneficios fiscales correspondientes a los gastos de propaganda y publicidad

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas16-16
16
Hermosilla, 3 - 28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08
La presentación se deberá realizar de forma obligatoria por vía telemática. A estos
efectos, recordemos que la Ley 7/2012 establecía sanciones específicas para el caso de
que no se realizara la presentación por esta vía.
4. OTROS
4.1 Acontecimientos de excepcional interés público: criterios de aplicación de los
beneficios fiscales correspondientes a los gastos de propaganda y publicidad
Se está elaborando un proyecto de Orden que recoge determinados criterios
interpretativos o aclaratorios de la regulación relativa a los incentivos fiscales derivados
los gastos de propaganda y publicidad en relación con acontecimientos de excepcional
interés público.
En concreto, en el proyecto de Orden se incluye un Manual según el cual se fijan criterios
sobre cómo determinar el importe de la base de deducción del 15%. Para ello, se debe:
Determinar el contenido publicitario dentro de cada soporte utilizado por el
colaborador.
Cuantificar o valorar el contenido publicitario del soporte utilizado, es decir el gasto
en concepto de propaganda o publicidad de proyección plurianual.
Determinar el grado de cumplimiento del requisito de esencialidad en función del
cual la base de deducción podrá ser el total del gasto (contenido esencial) o sólo el
25% (contenido no esencial).
Asimismo, en el Manual se enumeran los soportes publicitarios que los colaboradores
utilizan para la difusión del acontecimiento, incluyendo tanto los considerados puramente
publicitarios como aquellos otros cuya finalidad principal es distinta de la publicitaria,
definiéndose de forma exhaustiva el requisito de esencialidad para cada uno de ellos.
El presente Boletín contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoría
jurídica-fiscal.
© Febrero 2013. J&A Garrigues, S.L.P. quedan reservados todos los derechos. Se prohíbe la explotación,
reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, total y parcial, de esta obra, sin autorización
escrita de J&A Garrigues, S.L.P.

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