Decreto n.º 38/ 2003, de 25 de abril, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un solar, sito en la ciudad de Cartagena, con destino a la construcción de un Centro de Salud.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
La Sociedad municipal «Casco Antiguo de Cartagena, S. A.», en sesión celebrada por el Consejo de Administración, el día 11 de julio de 2002, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad de un solar, sito en Cartagena, con destino a la construcción de un Centro de Salud.
Visto el art.
46.1 de la Ley 3/ 92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de abril de 2003. Dispongo Primero.
-Aceptar la cesión gratuita, efectuada por la Sociedad municipal «Casco Antiguo de Cartagena, S. A.», de la propiedad del solar, cuya descripción es la siguiente:
Solar sito en la calle Adarve de la ciudad de Cartagena, con una superficie, según Registro de novecientos noventa y ocho metros, setenta y tres decímetros y once centímetros cuadrados, si bien, según el título, tiene una extensión superficial de mil diecinueve metros ochenta y tres decímetros y noventa y nueve centímetros.
Linda:
Norte, calle Cuesta del Maestro Francés; Sur, edificio anexo al edificio de Correos; Este, calle Adarve; y Oeste, en parte calle San Vicente, y en parte, edificios de varios propietarios».
Valor:
trescientos diecisiete mil novecientos sesenta y seis euros y quince céntimos (317.966,15 ).
Inscripción:
Registro de la Propiedad de Cartagena n.º 3, tomo 2.827, libro 262, folio 149, finca 17.756. La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes, según certificación del Registro de la Propiedad.
Propiedad, salvo el derecho de reversión a favor del Excmo.
Ayuntamiento de Cartagena, en caso de incumplimiento, o no mantenimiento, del destino previsto para la cesión realizada, en el plazo de tres y treinta...
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