SAP Santa Cruz de Tenerife 23/2003, 20 de Enero de 2003
Ponente | EMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ |
ECLI | ES:APTF:2003:122 |
Número de Recurso | 704/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/2003 |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª |
SENTENCIA NÚMERO 23/2003.
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. PABLO JOSÉ MOSCOSO TORRES
Magistrados:
D. EMILIO FERNANDO SUÁREZ DÍAZ
Dª. PILAR ARAGÓN RAMÍREZ
En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a veinte de enero de dos mil tres.
Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 4 DE ARONA, en autos de Juicio de Menor Cuantía n°. 230/2000, seguidos a instancias del Procurador Don Buenaventura Alfonso González, bajo la dirección del Letrado Don Francisco Montoya Ezquerra en nombre y representación de DON Victor Manuel , contra la Entidad Mercantil VISIÓN SUBMARINE SL. representada por el Procurador Don Manuel Ángel Álvarez Hernández y bajo la dirección del Letrado Don Juan Antonio López de Vergara Méndez; han pronunciado, en nombre de SM. el Rey, la presente sentencia, siendo Ponente el ILMO. SR. DON EMILIO FERNANDO SUÁREZ DÍAZ, Magistrado de esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha diecisiete de junio de dos mil dos, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " FALLO: Que desestimando la demanda presentada por el procurador D. Buenaventura Alfonso González en nombre y representación de
D. Victor Manuel , y dirigida contra Entidad Mercantil Visión Submarine SL. en la persona de su DIRECCION000 D. Jose Antonio , debo absolver y absuelvo al mismo de los pedimentos formulados en su contra, imponiendo las costas del presente procedimiento a la parte actora".
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación porla representación de la parte demandante, se tuvo por formulado y fue admitido y según lo establecido en el artículo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento civil, redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de abril, se da traslado del mismo a la parte contraría por término de CINCO días, la cual presenta oposición, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.
Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente al Iltmo/a Sr./a D./Dª EMILIO FERNANDO SUÁREZ DÍAZ, señalándose para votación y fallo el día quince de enero de dos mil tres.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.
la sentencia dictada en primera instancia desestima la acción reivindicatoria ejercitada por la parte actora sobre el buque "Odyssée 3". La sentencia, tras hacer mención de la Doctrina jurisprudencial sobre los requisitos de la acción reivindicatoria en general, así como de las especialidades cuando se ejercita sobre navíos, exigencias que se refieren, fundamentalmente, al ámbito de la publicidad, que vienen impuestas por la importancia...
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