SAP Murcia 287/2007, 22 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:2574
Número de Recurso253/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución287/2007
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00287/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 253/07

SECCIÓN TERCERA J. Molina Cinco

MURCIA Verbal Desahucio 839/06

SENTENCIA nº 287/07

Ilmos Sres.

D. Juan Martínez Pérez

Presidente

Dª. María Jover Carrión

Dª. María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En Murcia, a veintidós de noviembre de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal de Desahucio nº 839/06 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Molina núm.Cinco entre las partes, como actora/apelada "Alfamancha, S.L." representada por la Procuradora Sra. Alcázar Barceló, y defendida por la Letrado Sra. Díaz- Ropero Escribano, y como demandado/apelante Don Jose Antonio representado por el Procurador Sr. Cantero, y defendido por el Letrado Sr. López Mengual, Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 11 de diciembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la resolución cuya parte dispositiva dice así: "FALLO:QUE DESESTIMANDO LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA, DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Abellán Matas, en nombre y representación de ALFAMANCHA, S.L., declarando extinguido el contrato de arrendamiento de la finca descrita en la demanda, situada en el partido de Los Paños, de la localidad de Molina de Segura (Murcia), debiendo estar y pasar D. Jose Antonio por dicha declaración desalojando la finca y dejándola libre y expedita en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento.

Todo ello, imponiendo las costas del presente procedimiento a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Don Jose Antonio, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al mismo.

TERCERO

Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Tercera, formándose el Rollo nº 253/07, y examinados los autos, se señaló el día 22 de noviembre de 2007 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

La sentencia ha estimado la demanda en la que el actor ejercita acción de desahucio por vencimiento del término del contrato, de la...

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