SAP Barcelona 828/2003, 27 de Noviembre de 2003
Ponente | MONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ |
ECLI | ES:APB:2003:7096 |
Número de Recurso | 1113/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 828/2003 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA N ú m. 828/2003
Ilmos. Sres.
D./Dª. VICENTE CONCA PÉREZ
D./Dª. MIREIA RIOS ENRICH
D./Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de Noviembre de dos mil tres
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 231/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vic, a instancia de D/Dª. Cristobal , contra D/Dª. Ángel Jesús , Dª. María Rosario , Dª. Flora ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de julio de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por a procuradora María Teresa Bofias i Alberch, en nombre y representación de Cristobal , debo acordar no haber lugar al desahucio por precuario de la casa situada en la CALLE000 nº NUM000 de tona por parte de Ángel Jesús , María Rosario y Flora . Todo ello con imposición de las costas causadas a los codemandados."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación ambas partes mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 17 de julio de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ.
La resolución impugnada desestimaba la demanda de desahucio por precario a la vista de la presentación de título que fue considerado bastante para ocupar la finca, pues presentaron un contrato de alquiler que había suscrito la fallecida usufructuaria de la finca con una de las demandadas, así como recibos acreditativos del pago de las mensualidades correspondientes a tal contrato.
El apelante recuerda que en las diligencias preliminares que al amparo del art. 261 de la nueva LECiv 1/2000 de 7 de enero fueron por él solicitadas, se requería de las demandadas la exhibición del título que pudiese justificar la posesión, y que las demandas no respondieron al requerimiento, habiendo quedado probado durante el juicio que no lo hicieron por las malas relaciones que entre ambos existían ya en aquel momento. El apelante entiende que ampara al juzgador la posibilidad de entender acreditada la inexistencia de título y, en consecuencia, estimar íntegramente la demanda.
Las demandadas se oponen a las argumentaciones del apelante, e impugnan a su vez la condena en costas respecto de la parte que no fue requerida a la presentación, en concreto, el menor Ángel Jesús .
El problema aquí suscitado se refiere al alcance de las diligencias preliminares incorporadas a la nueva ley procesal...
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