STSJ Canarias , 26 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2005:3615
Número de Recurso606/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 26 de septiembre de 2005.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Presidente), D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua (Ponente) y D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000606/2005 , interpuesto por Mutua Universal Mugenat , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000069/2003 en reclamación de DERECHOS , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Ana María y Amelia , en reclamación de DERECHOS siendo demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesoreria General de la Seguridad Social, Mutua Universal Mugenat y Instalaciones y Construcciones Cañada S.L. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 28 de junio de 2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

D. Humberto , esposo y padre de las actoras: Ana María , Amelia (nacida el 09.09.79), Luz (nacida el 23.07.86) y Vicente (nacido el 07.05.85) , prestaba servicios para la empresa INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES CAÑADA, S.L desde el 10.11.93, con la categoría profesional de oficial de 2ª albañil y una base reguladora diaria de 25,97 euros. SEGUNDO.- La empresa tiene cubierto el riesgo de accidente de trabajo con la Mutua Universal. TERCERO.- Con fecha 17.07.02 se produce el fallecimiento del trabajador como consecuencia de parada cardiorespiratoria sufrida cuando se encontraba cambiándose de ropa en el centro de trabajo a las 07:10 horas. CUARTO.- Con fecha 19.07.02 la empresa emite parte de accidente de trabajo en el que se establece, en cuanto a la descripción del accidente: "cambiándose de ropa en el centro de trabajo cayó hacia delante y falleció en el acto sin saber causa a la hora de redactar este parte", y , en cuanto al aparato o agente material causante: "pendiente de autopsia". QUINTO.- Por la Gerencia de Antencíon Primaria del Sra. de Salud del Servicio Canario de Salud se emite el siguiente informe: La Orotava a 21 de febrero de 2003. La presente es con motivo de informar sobre D. Humberto (NUM000) natural de La Orotava que falleció el 17 de julio de 2002 a los 44 años de edad. Conocido de la consulta desde el año 1996, consultó por última vez en noviembre de 1999, según historial clínico. Paciente sin antecedentes personasles de interés, ni patología conocidas,. Revisada su hoja de Problemas Fundamentales y hábitos consta hábito fumador, y bebedor habitual, dislipemia, y obesidad. en varias ocasiones se realizó despistaje de hipertensión con resultado negativo. En la última analítica realizada (03.11.99) se le encuentra una elevación de Glucemia (230mg/dl), de GPT (78) y de (59), con GOT normal y VSG de 3. El estado era asintomático y la exploración de piel y abdomen negativas, no se sospecha patología infecciosa alguna. No constan visitas posteriores hasta que, a través de un familiar , tomamos conocimiento de su muerte súbita, en su trabajo habitual y estando previamente igualmente asintomático, según refieren. Fdo: Dácil Afonso González. SEXTO.- En agosto de 2001 el informe del examen de la salud realizado a D. Humberto por la Mutua Universal para la empresa recoge los siguientes datos: Hábitos:

fumador de 20 cigarrillos, toma café 1-2 tazas.

Exploración clínica: talla 161 cm. Peso 85,00 Kg. I.M.C (índice de masa corporal): Obesidad. Tensión arterial: máxima 120, mínima 70, pulsaciones: 76/min. Naso-faringe: normal, sin alteraciones en naso-faringe. Boca: faltan piezas dentarias. Cuello: normal, no se palpan adenopatias, ni bocio, no puntos dolorosos. Piel: lesiones corneales ojo I. Auscultación Pulmonar: normal, murmullo vesicular conservado.

Auscultación cardiaca: normal, tonos puros, rítmicos, no se auscultan soplos ni roces. Aparato circulatorio:

normal, circulación periférica sin alteraciones. Abdomen: muy globuloso. Dehiscencia de músculos rectos.

Aparato locomotor: normal, sin alteraciones de la estática, de deformidades. Sistema nerviosos: normal, exploración neurológica sin alteraciones aparentes. Otoscopia: normal, conducto auditivo externo y membranas timpánicas. Exploración auditiva: normal, audiometría dentro de límites normales oídos derecho e izquierdo. Comentarios: cifras elevadas de glucosa en sangre. Cifras de hematíes elevadas. Analítica:

cifras elevadas de hematocrito. Cifras elevadas de colesterol en sangre. Cifras elevadas de triglicéridos.

Cifras elevadas transamina g.p.t. Cifras elevadas transaminga g.o.t. Normal orina dentro de limites.

Recomendaciones preventivas: aconsejamos acuda a su médico de cabecera. Aconsejamos acudir a su oftalmólogo. Aconsejamos nuevos controles de su glucemia por su médico. Debe abandonar el consumo de tabaco. Aptitud. Apto. S/C de Tenerife a 24.08.01. Fdo: Alberto Dominguez Gil.

SEPTIMO

El 15/07/02 el informe de vigilancia de la salud realiza a D. Humberto por la Mutua Universal para la empresa recoge los siguientes datos: Hábitos: fumador de 20 cigarrillos. Exploración clínica, talla 161 cm, peso 90,00 Kg, I.M.C (índice de masa corporal): obesidad. Tension arterial; máxima 110m , mínima 70, pulsaciones 74/min.

Naso-faringe: normal, sin alteraciones. Boca: prótesis dentaria completa, faltan piezas dentarias, obturaciones dentales. Cuello: normal, no se palpan adenopatias, ni bocio, no puntos dolorosos. Piel:

normal, sin alteraciones en piel y faneras. Auscultación pulmonar: normal, murmullo vesicular conservado.

Auscultación cardiaca: normal, tonos puros, rítmicos, no se auscultan soplos ni roces. Aparato circulatorio:

normal, circulación periférica sin alteraciones. Abdomen: normal, sin áreas dolorosas ni visceromegalias.

Aparato locomotor: dolor rodilla derecha. Sistema Nervioso: normal, exploración neurlógica sin alteraciones aparentes. Otoscopia: normal conducto auditivo externo y membranas timpánicas. Control visión:

normal, audiometría dentro de los límites normales (oído dcho, oído izq). Comentarios:

cifras de hematies elevadas analítica: cifras elevadas de mematocrito cifras elevadas de glucosa en sangre cifras elevadas de triglicéridos cifras elevadas de transaminasa.GPT, GOT glucosuria Normal, orina dentro de límites Recomendaciones preventivas:

aconsejamos control por odontólogo aconsejamos control por traumatologo consulte médico de cabecera para control analitica alterada aconsejamos reducir el consumo de tabaco aconsejamos perder peso Fdo: Humberto J. Ortega.

OCTAVO

En las Diligencias Previas nº 3023/2002 seguidas en el Juzgado de Instrucción nº 4 de S/C de Tenerife el Médico Forense en relación con la data, lugar y causas del fallecimiento de D. Humberto informa lo siguiente: "Que habiendo sido comunicado por el Servicio de Microbiología de la R. S Ntra Sra. de la Candelaria que el paciente D. Humberto era afecto a hepatitis por citomegalovirus, no se procedió a la práctica de la autopsia del fallecido, sino a la realización de examen externo y prueba radiográfica TAC elicoldal del Hospital Universitario de Canarias, no obteniéndose ningún signo traumático que guardara relación con la causas de la muerte por lo que en atención a los antecedentes de patología cardiaca, y las circunstancias de los hechos, las causas del fallecimiento del expresado no fueron violentas sino naturales y compatibles con dichos antecedentes. En cuanto a la data de la muerte, ésta se produce el día 17 de julio 2002 y hora de las 11.00 en S/C de Tenerife". NOVENO.- Mediante escrito de fecha 25.09.02 la Mutua Universal comunica a la demandante que ha acordado rechazar como laboral el accidente sufrido por el trabajador el 17.07.02 por no reunir los requisitos establecidos en el art. 115 de la LGSS para ser considerado como accidente de trabajo. DECIMO.- Por resolución de fecha 15.11.02 el INSS deniega la prestación de orfandad por derivar el fallecimiento de un accidente de trabajo y tener concertada la empresa la cobertura de dicha contingencia con una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que debe ser la responsable del reconocimiento del derecho a las prestaciones. UNDECIMO.- Se ha agotado la vía previa .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó

Sentencia, cuyo Fallo literal dice: Que estimando la demanda formulada por Amelia y Ana María contra el INSS, TGSS, MUTUA UNIVERSAL e INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES CAÑADA S.L, debo declarar y declaro que el fallecimiento de D. Humberto ocurrido el 17.07.02 deriva de accidente de trabajo, condenando a la MUTUA UNIVERSAL a reconocer a los actores las prestaciones propias de tal contingencia y al INSS y TGSS a estar y pasar por tal declaración, absolviendo a la empresa INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES CAÑADA, S.L de la demanda .

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte Mutua Universal Mugenat , siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 19 de Septiembre de 2005 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con base procesal en lo establecido en el art. 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral , recurre la representación de la Mutua Universal por infracción del art. 115.3 de la Ley General de la Seguridad Social y jurisprudencia al respecto que interpreta dicha norma.

Del examen de hechos probados se desprenden: "D. Humberto , esposo y padre de las actoras: Ana María , Amelia (nacida el 09.09.79), Luz (nacida el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR