SAP Guadalajara 258/2006, 13 de Diciembre de 2006

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APGU:2006:411
Número de Recurso313/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2006
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 258/06En Guadalajara, a trece de Diciembre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 280/2005, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.1 de SIGUENZA (Guadalajara), a los que ha correspondido el Rollo 313/2006, en los que aparece como parte apelante D. Carlos Ramón representado por la Procuradora Dª. PILAR ORTIZ LARRIBA, y asistido por el Letrado D. MARCELINO LLORENTE MATEO, y como parte apelada TRABAJOS Y APROVECHAMIENTOS MEDIOAMBIENTALES, S.L. representado por la Procurador Dª. SONSOLES CALVO BLAZQUEZ, y asistido por el Letrado D. JOSE MANUEL CALVO BLAZQUEZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 7 de Septiembre de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar íntegramente la demanda presentada con fecha de 15 de Diciembre de 2005 por la Procuradora de los Tribunales Dª Gregoria Gonzalo Bermejo, en nombre y representación de la mercantil "Trabajos y Aprovechamientos Medioambientales S.L." contra D. Carlos Ramón y, en consecuencia, debo condenar y condeno a D. Carlos Ramón , a que abone a la mercantil "Trabajos y Aprovechamientos Medioambientales S.L." en concepto del importe de reparación de los daños materiales que sufrió el vehículo de su propiedad, la cantidad de 3.660,9 €, al haber quedado acreditada la realidad del mismo y al pago de los intereses de la cantidad señalada, devengados desde la fecha de la interposición de la demanda, el 15 de Diciembre de 2006, con expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Carlos Ramón , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día doce de Diciembre.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna por el demandado la sentencia apelada alegando, en primer término, que no ha quedado acreditado que los daños y perjuicios -cuyo resarcimiento se pretende- tengan su origen en la colisión del camión de la demandante contra un corzo; por cuanto aduce que, en las diligencias a prevención, el conductor del vehículo no afirmó que el animal atropellado perteneciera a dicha especie, a lo que se suma que cuando la fuerza instructora se trasladó al lugar del accidente el semoviente ya había sido retirado; por lo que se concluye que lo declarado en el acto del juicio por el conductor y por el agente de la Guardia Civil que depuso como testigo está en contradicción con lo recogido en las diligencias ut supra mencionadas; motivo por el cual se estima que no ha quedado acreditado qué clase de animal causó el siniestro. Argumentos que no pueden ser acogidos, toda vez que en el caso examinado consta acreditado que la Guardia Civil acudió al lugar del evento y que examinó las huellas y vestigios existentes en la calzada, en concreto, la existencia de un gran charco de sangre y liquido refrigerante; como también pudo comprobar la existencia de un corzo muerto, el cual había sido retirado a la cuneta, habiendo examinado igualmente el vehículo siniestrado desplazándose hasta el taller de la localidad de Jadraque en el que se encontraba, constatando la existencia de los desperfectos y de restos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR