SAP Alicante 592/2007, 11 de Septiembre de 2007

PonenteALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO
ECLIES:APA:2007:1887
Número de Recurso183/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución592/2007
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2007-0004468

Procedimiento: Rollo apelación sentencia juicio de faltas Nº 000183/2007- -

Dimana del Juicio de Faltas Nº 000370/2005

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 4 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG

Apelante: Juan Ramón y PELAYO

Letrado: Mª DOLORES RAMOS CALVO

Procurador : PILAR FOLLANA MURCIA

Apelado: Fermín

Letrado: AURELIO RUIZ GOMEZ

Procurador: CRISTINA CALVO RUBI

SENTENCIA Nº 592/07

En la ciudad de Alicante, a Once de Septiembre de 2007.

EL ILTMO. SR. D. ALBERTO FACORRO ALONSO, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 18 de Diciembre de 2006 dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 4 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG en el Juicio de Faltas - 000370/2005, por habiendo actuado como parte apelante Juan Ramón y PELAYO, representado por el Procurador Sr./a. FOLLANA MURCIA, PILAR y dirigido por el Letrado Sr./a. RAMOS CALVO, Mª DOLORES, y como parte apelada Fermín, representado por el Procurador Sr./a. CALVO RUBI, CRISTINA y dirigido por el Letrado Sr./a. RUIZ GOMEZ, AURELIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.

Segundo

El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Juan Ramón como autor penalmente responsable de una falta de imprudencia con resultado de lesiones prevista y penada en el art. 621. 3 del Código Penal, a la pena de multa de 30 días a razón de seis euros diarios (180 euros), con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al abono de las costas procésales causadas; y por vía de responsabilidad civil indemnizara a Fermín por daños personales en la cantidad de 8.133,24 euros por las lesiones y secuelas producidas, y en 230 euros por la resonancia magnética y por los daños materiales causados en las siguientes cantidades: 5.910,14 euros en concepto de alquiler de vehículo, y 1.335,21 euros en concepto del importe de los salarios del trabajador contratado, debiendo además de ser indemnizado el denunciante por el vehículo siniestrado en la cantidad que se determine en ejecución de Sentencia por el valor venal del vehículo incrementado en un 30% de valor de afección, cantidad a la que habrá de descontarse el valor de los restos que se determine en ejecución, sin que en ningún caso pueda exceder de la cantidad reclamada de 20.150 euros, y respecto a la mercancía transportada que resultó inservible, la cuantía de la indemnización habrá de determinarse en ejecución de sentencia tomando como base del calculo las cantidades de las distintas variedades de flores reflejadas...

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