SAP Madrid 114/2008, 7 de Febrero de 2008

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2008:3972
Número de Recurso112/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2008
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00114/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7028296 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 112 /2007

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 8 /2004

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 50 de MADRID

De: Susana

Procurador: MARIA CRISTINA MENDEZ ROCASOLANO

Contra: Paulino MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA

Procurador: JORGE DELEITO GARCIA, JORGE DELEITO GARCIA

Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a siete de febrero de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por

los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre indemnización por daños, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 50 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante DOÑA Susana, y de otra, como demandados-apelados D. Paulino Y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 50, de los de Madrid, en fecha cuatro de mayo de dos mil cinco, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Dª. Susana representada por la Procuradora Dª. CRISTINA MENDEZ ROCASOLANO contra D. Paulino y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones ejercitadas a la parte actora en su escrito de demanda, con expresa imposición de costas a esta última.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha veinte de febrero de 2007, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día seis de febrero de dos mil ocho.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Dª. Susana, actora en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Jueza de Primera Instancia núm. 50 de Madrid con fecha 4 de mayo de 2.005, desestimatoria de la demanda de indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la referida actora contra los codemandados D. Paulino y la Mutua Madrileña Automovilista, denunciando como motivos de apelación en primer termino error en la apreciación de la prueba, en segundo lugar infracción de normas procesales y por ultimo infracción del artículo 1.902 del Código Civil y del Rglto. General de Circulación.

SEGUNDO

En la demanda iniciadora del procedimiento la actora exponía que el día 18 de febrero de 2.003, cuando circulaba por la calle General Ricardos de Madrid conduciendo el vehículo de su propiedad Ford Escora F-....-FG fue colisionada en su parte posterior por el vehículo Golf Gti matricula W-....-WQJ conducido por su propietario D. Paulino, causándole daños en el vehículo de su propiedad por importe de 3.817,357 euros que reclamaba.

Los demandados se opusieron alegando que la culpa fue de la actor que se interpuso en la normal trayectoria del vehículo del demandado al desplazarse inesperadamente del carril izquierdo por el que circulaba al derecho por el que lo hacia el demandado.

La Juzgadora de instancia desestimó la demanda.

TERCERO

En el primero de los motivos de su recurso que por su intima relación con el tercero serán...

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