STSJ Murcia 461, 2 de Mayo de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:461
Número de Recurso464/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución461
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00503/2006 ROLLO Nº: RSU 464/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a dos de mayo del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por MUTUA LA FRATERNIDAD-MUPRESPA, contra la sentencia número 48/06 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 31 de enero del 2006, dictada en proceso número 786/05 , sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por MUTUA LA FRATERNIDAD-MUPRESPA frente D. Domingo , JOMACONS SIGLO XXI, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "1º.- El trabajador D. Domingo viene prestando servicios para la empresa "JOMACONS SIGLO XXI,S.L." dedicada a la construcción y cuyo titular principal es su padre. La citada empresa tiene cubiertos los riesgos profesionales de sus trabajadores con "MUTUA LA

FRATERNIDAD-MUPRESPA". 2º.- El 13 de Febrero de 2004, el trabajador se encontraba en una obra sita en Ceutí (Murcia); y en concreto subido en un tejado donde procedía a colocar tejas en el mismo cuando sufrió un crujido en la rodilla izquierda. Precisando la ayuda de sus compañeros de trabajo para descender del tejado, hasta el suelo, lugar donde quedo hasta el mediodía. No consta que ese día acudiera a los locales de la Mutua. 3º.- Al día siguiente acudió al Servicio de Urgencias de la "Fundación Hospital de Cieza", centro público más cercano a su lugar de residencia en Abaran, donde se le diagnostico de gonalgia izquierda en estudio. Ese día era sábado y se persono en el hospital sobre las 10.41 horas, se procedió a la inmovilización de la rodilla mediante vendaje compresivo. El lunes día 16 el trabajador acudió a los locales de la Mutua La Fraternidad donde se rellenó impreso que obra en autos en el que se hizo constar "datos del accidente, fecha, 13/02/2004. Hora 08.00. Lugar del accidente Mayor s/n. Lorqui. Que le pasa: le duele la pierna izquierda. Como se produjo: al levantarse noto dolor en la pierna izquierda, tiene molestias desde hace un año, le ha dado fuerte, no recuerda ningún traumatismo. El viernes al subirse a un tejado noto un crujido en la rodilla". 4º.- La Mutua no emitió parte de baja y remitió al actor a su médico de cabecera. El médico de cabecera ese mismo día expidió parte de baja. El trabajador formuló escrito con fecha 27-9-2004 solicitando se determinase el carácter profesional de la contingencia causante del proceso de incapacidad temporal. La propuesta del INSS es de 19.5.2005, señaló la contingencia de accidente de trabajo, la Mutua recurre la misma."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la...

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