Real Decreto 387/1979, de 2 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Totana (Murcia) de una parcela de 12.390,45 metros cuadrados, que forma parte de otra de mayor cabida, la cual fue donada al Estado con destino a campo de prácticas del Instituto Laboral, por no cumplir los fines para los que fue donada.
Marginal | BOE-A-1979-6587 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Rango de Ley | Real Decreto |
B. O.
ael
E.-NÚIn.
53 2marzo 1979 5525
'.
DISPONGO,
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Hacienda,
FRANCISCO
FERNANDEZ
ORDO~EZ
ORDEN
de
5
de
febrero
de
1919
por
la
que
se di.spOM
181
cumplimiento
de
la
sentencia
dictada
por
la
Sala
Se-
gunda
de
Jo
ContencwBO-Adminidrativo
de
la
Audiencia
TerTltonat
de
Madnd,
recaída
en
si
recurso
número
VJB5/
1918,
promovldo
por
el
Procurador
señor
BruaUa
de
Pin.';s,
en
nombre,.
representación
de
don
José
Carcta
Benitez,
funcionario
adscrito
01
PcTtlIH
Móvil
Ministerial.
•
ORDEN
de
18
de
enero
de
1979
por
la
que
se
acuerckl
la
ejecución,
en
sus propiOs
términos,
de
la
sentencia
dictada
por
la
Audiencia
Nacional
en
recurso
contencioso-
admini.strativo
interpuesto
por
la
Entidad
..
Río
Tinto
Po.·
tiño,
S.
..4.
.•.
Dh:ector
general
de
Aduanas
e
Impuestos
Espe<:iai6l>
6590
Ilmo.
Sr.
6589
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Aduanas
e
Impuestos
Especiales.
..
Fallamos:
Que
desestimando
el
recurso
contencioso-administrativo
interpuesto
por
el
Procurador
don
reJjpe
Ramos
Arroyo,
en
nombre
de
"Comerc181 BertolinJ,
S.
A.
"
contra
la
Administración
del
Estado,
y
que
tiene
por
objeto
1&
confirmación
en
alzada,
de
vemtitres
de
julio
de
mil
novecientos.
seLenta yseu..
por
el
'illnisterio
de
Hacienda,
de
la
Reso-
lución
de
la
Dirección
General
de
Aduanas.
de
cuatro
de
julio
de
mU
novecientos
setenta
y
cinco.
por
la
que
se
denegó
1&
petición
de
la
de.
mandante
de
q\.lE:-
se
decomise
por
las
AduaDaB
espatlolas
la
maquinari,
agrícola
que
se
importe
con
la
marca
"Bertolini",
debemos
declarar
y
declaramos
conforme
a
derecho
el
acto
impugnado;
sin
expresa
im.
posición
de
costas
.•
Lo
Q.ue
comunico
aV.
l.
para
auconocimiento
yefectos.
Dios
guarde
aV.
I.
muchos
aftas.
Madrid,
16
de
enero
de
1971t-l'.
D.,
el
Subsecretario
de
Hacienda.
Díonisio
Martinez
Martinez.
limo,
Sr.:
En
el
recurso
·contencioso-administrativo
número
U165176,
interpt.
por
el
Procurador
de
los
Tribunales
señor
Brualla
de
Pi-
niés
en
nombre
y
representación
de
don
José
Garcta
Benítez.
funciona-
rio
del
Parque
Móvil
Ministerial,
rontra
la
Resolución
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
del
Ministerio
de
Hacienda,
de
22
de
JUDIO
de
1976
que
denegó
al
interesado
su
pétieí6n
sobre
reoonoci-
mh'nto
de
afias
de
servicio
a
efectos
de
trienios,
la
Sala
St>gunda
de
lo
Contencioso-Administrativo
de
la
Audiencia
Territorial
de
Madrid
ha
dictado
sentencia
con
fecha
29
de
noviembre
de
Un6,
en.
cuya
parte
dis-
positiva
se
dice,
.
..
Fallamos:
Que
debemos
desestimar
y
desestimamos
el
recurso
con-
tencioso-administrativo
interpuesto
por
don
José
Carcía
Benítez
contra
la
Resolución
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
de
·veintidós
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
yseis.
por
ser
ajustada
a
derecho;
sin
hacer
expresa
imposicIón
de
costas
en
ei
recurso.•
En
su
virtud,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bIen
disponer
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
referida
sentencia,
publicándose
el
aludido
falio
en
el
_BoleUn
Oficial
del
Estado-,
todo
eUo·
en
cumplimiento
de
lo
preveni:lo
en
eJ
artic'ulo
lOS
de
1&
Ley
reguladora
de
la
Jurisdic-
ción
Contencioao-Adminiatrativa
de
'n
de
dlctf>Dlbre
de
1956.
1.0
que
comunico
aV
I.
pera
lR1
oonocimiento
yefectos.
Dios
JUarde
aV. 1
muchos
aftoso
Madrid.
a
dé
febrero
de
197U.-P. D
.•
el
Subsecretario
de
Hacienda,
Dioni&lo
Martinez
Martinez.
Ilmo.
Sr.
Director
pneral
del
Pat.rimonio
del
Estado.
Ilmo.
Sr.:
Visto
el
testimonio
de
la
sentencía
dictada
en
13
de
octubre
de
1978
por
la
Sala
Tercera
de
lo
Contencioso-Administrativo
del
Tribun
Supremo,
en
el
recurso
contencioso-administrativo
inter-
puesto
por
la
Entidad
..
Río
Tínto
Patii'1o,
S.
A.
..
,
contra
la
sentencia
dictada
con
fecha
25
de
no\-íembre
de
1977
por
la
Sala
de
10
Conten-
cioso-Administrativo
de
la
Audiencia
Nacional
(Sección
segunda),
en
el
recurso
número
20.103,
sobre
desgravacicnes
fiscales
correspondientes
a
las
declaraciones
de
exportaciones
de
la
Delegación
de
Aduanas
en
el
aeropuerto
de
sevilla,
contra
..
R10
Tinto
Patiño,
S. A.
__
;
Resultando
que
concurren
en
este
caso
las
circunstancias
previstas
en
el
artículo
lOS
de
la
Ley
jurisdIccional,
de
27
de
diciembre
de
-
.....
Este
Mnísterio
ha.
tenido
a
bien
disponer
la
ejecución
en
sus
propios
términos
de
la
referida
sentencia,
cuya
parte
dispositiva
dice lo
que
sígue:
-Fallamos:
Que
teniendo
por
bien
admitida
y
desestimando
la
apela-
ción
interpuesta
POr
"Rio
Tinto
Patíño,
$.
A....
contra
sentencia
dictada
el
veinticincR
de
noviembre
de
mil
novecientos
'setenta
y
siete
por
Ja.
Sección
SegQnda
de
1&
Sala
de
lo
Contencioso-Administrativo
de
la
Audiencia
Nacional,
debemos
confirmar
y'
confirmamos
la
sentencia
apelada
por
ajustada
al
ordenamiento
Jurídico,
en
cuanto
que
estimó
el
recur¡o
interpuesto
por
la
Admlnistra.::ión
General
del·
Estado.
previa
declaración
de
lesividad,
contra
actos
de
desgravación
fiscal
a
la
expor
w
taclón,
dictados
por
1&
Dirección
General
de
Aduanas,
en
relación
COD.
declaracíones
de
exportación
hechas
por
la.
nombrada
Sociedad
apelante
a
la
Delegación
de
Aduanas
del
aeropuerto
de
Sevilla,
anulándolos
por
no
ser
conformes
a
derecho
y
lesionar
intereses
económicos
públicos,
y
nlronoclendo
a
la
Administración
del
Estado
el
derecho
al
reintegro
de
las
respectiva!
cantidades
individualmente
cifl'adas
como
perjuicios
estimados
para
el
Tesoro. Y
no
hacemos
iInpoltíción
de
costas
en
la
segunda
instancia
...
Lo
que
comunico
aV.
I.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
aV,
l.
muchos
aftos,
Madrid.
16
de
enero
de
19N.-P.
D.,
el
Subsecretarío
de
Hacienda,
Dionisio
Martínez
Martínez.
6588 ORDEN
de
18
de
enero
de
1J1l9
por
la
Que
.a
acuerda
la
ejecucicn,
en
sus
propios
términos,
de
la
sentencia
dictada
por
la
Audiencia
Na.cional
en
recurso
contencioso
administrativo.
interpt.eRto
por
el
Procurador
don
Felipe
Ramos,
8n
nombre
de
..
Comercial
Bsrlolini,
S. A....
Ilmo.
Sr.~
Visto
el
testimonio
de
la
sentencia
dictada
en
M
de
junio
de
1978
por
1&
Sección
Segllnda
de
1&
Sala
de
lo
Contencioso-Adminis-
trativo
de
la
Audiencia
Nacional
en
iI
recurso
contencioso-adminis-
trativo
número
20.114,
intt-rpuesto
por
el
Procurador
don·Felipe
Ramoe
Arroyo.
en
nombre
de
cComercial
BertoBni,
S.
A.a,
contra
la
desestima~
ci6n
del
recurso
de
alzada,
formulado
por
la
recurrente,
contra
la
de-
negación
por
la
Dirección
GéneI&l
de
Aduanas
de
la
petición
de
que
se
decomise
por
las
Ad'u:l.'as
espa1'iolas
1&
maquinaria
aencola
que
con
1&
marca
..
BertoHni.
se impJ:llte a
través
de
ellas;
Resultando
que
concurren
en
este
caso
188
circunstancias
previstas
en
el
articulo
105
de
la
Ley
jurisdiccional
de
27
de
diciembre
de
1956,
Este
Ministerio
ha
te¡l1do a
bien
disponer
la
ejecución
en
sus
propios
términos
de
la
referida
sentencia.
cuya
parte
dispositiva
dice
lo
que
sigue:
6587
REAL
DECRETO
387/1979,
de
2
de
febrero.
por
el
que
se
accede
JJ,
la
reversión solicitada
por
el
,Ayuntamiento
de
Totana
(Murcia)
de
una
parcela
de
12.390,45
metros
'cuadrados.
que
forma
parte
de
otra
de
mayor
cabida,
la
cual
fue
donada
al
Es-
tado
con
destino
a
campo
de
prácticas
del
Ins-
tituto
Laboral,
por
no
cumplir
los
fines
para
loA
que
fue
donada.
El
Ayuntamiento
de
Totana
{Murcia}
donó
al
Estado
una
parcela
de
doce
mil
trescientos
noventa
metros
cuarenta
y
cinco
..,
decímetros
cuadrados,
que
forma
parte
de
otra
de
veintinueve
mil
cuarenta
y
tres
metros
cudrados,
sita
en
dicho
término
municipal
(Murcia).
La
indicada
parcela
de
veintinue'le
mil
cuarenta
y
tretl
metros
cuadrados,
que
fue
aceptada
por
escritura
pública
fecha
treinta
y
uno
de
diciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
ocho.
fue
donad'3.. con el
fin
de
cnnstruir
s0hre
ella
un
ca.mpo
de
prác-
ticas
del
Instituto
Laboral.
Al
no
haber
sido
destinada
a
dicho
fin
una
porción
de
la
misma.
con
una
superficie
de
doce·
mil
tresciento:;
ncventa
metros
cuarenta
y
cinco
decímetros
cuadra-
dos.
el
Mini&terio
de
Educación
y
Ciencia
no
opone
lnconve·
niente
a
que:
revier:a
esta
última
al
patrimonio
municipal.
En
-cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
seiScientos
cuarenta
y
siete
del
Código
Civil. a
propuesta
del
Ministro
de
HaCIenda ypreVIa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dos
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve,
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid ados de febrero de mil novecientos
se~nta
y
nueve.
J
Artículo
primero.-Se
accede
a
la
reversión
al
Ayuntamiento
de
Totana
(Murcia)
de
una
parcela
de
doce
mil
treSCientos
noventa
metros
cuarenta
y
cinco
decímetros
cuadrados
de
exten-
sión
superficial,
situada
en
dicho
término
municipal.
Diputación
de
Lebor, partido-
del
Bosque.
La
Cañada,
que
linda:
Derecha.
calle
de
Magal1anes,
en
proyecto;
izquierda.
don
Pedro
José
Vidal
Cayuela,
don
David
Martíne7
Cánovas
y
don
Domingo
Gea
Richi
yfondo,
ferrocarril
y
camino
a
la
estación.
Inscrita
la
finca
matriz,
de
la
que
se
segrega
la
parcela
ob-
jeto
de
reversión,
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Totana.
al
tomo
doscientos
noventa
y
cinco.
libro
trescientos
setenta
y
_dos, folio
ciento
cincuenta
y
siete
vuelt").
finca
número
vein-
'titrés
mil
setecientos
treinta,
inscriPción
segunda.
Artículo
segundo.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevaran
acabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
present~
Real
Decreto,
siendo
de
cuenta.
del
Ayun-
tamiento
todos
los
gastos
a
que
dé
lugar
la
reversión
y
la
es-
critura
pública
que
se
otorgue,
debiendo
hacerse
constar
en
la
mi"IDa
la
formal
declaracIón
de
la
Corporación
a
la
que
re·
vierte
el
bien,
de
que
con
la
entrega
y
recepción
de
éste.
en
la
situación
de
hecho
y
de
derecho
en
que
actualmente
se
encuen-
tre.
considera
enteramente
satisfechos
sus
derechos.
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado
por
ningún
concepto
II
derivado
o
relacionado
con
la
donación
conservación
y
rever.
slón
de
aquél.
~
a
Dado
en
Madrid
a-
dos
de
rebrero-
de mil
novecienfos
se-
I
tenta
y
nueve.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Hacienda,
FRANCISCO
FERNANDEZ
ORDOÑEZ