DECRETO 142/2000, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la acampada de alta montaña en el Parque Natural Posets-Maladeta.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 142/2000, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la acampada de alta montaña en el Parque Natural Posets-Maladeta.

El Parque Natural PosetsMaladeta, en el Pirineo aragonés, se declaró mediante la Ley 3/1994, de 23 de junio, con la finalidad de salvaguardar sus valores naturales, su fauna, su flora, sus paisajes, sus formaciones geomorfológicas, conservar y potenciar sus ecosistemas y garantizar el uso racional de sus recursos naturales.

El régimen jurídico aplicable a este Espacio Natural Protegido no sólo se comprende en su norma de creación, sino también en la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, que tiene como finalidad establecer un régimen jurídico especial de protección en estos Espacios, así como la promoción del desarrollo sostenible de los mismos, compatibilizando al máximo la conservación de sus valores naturales con el aprovechamiento ordenado de sus recursos y potenciando su desarrollo socioeconómico.

En la Ley 6/1998, de 19 de mayo, se establece una regulación de usos o actividades prohibidas en los Espacios Naturales Protegidos por estimarse incompatibles con las finalidades de protección del Espacio y, entre ellas, se comprende como actividad prohibida las acampadas fuera de los lugares señalados al efecto.

Por otra parte, en el Decreto 79/1990, de 8 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento sobre campamentos de turismo y otras modalidades de acampada, se establece que las acampadas en los espacios naturales protegidos deberán ajustarse, en todo caso, a las limitaciones o prohibiciones establecidas específicamente por sus normas reguladoras.

Considerando que, en la actualidad, no existen en el Parque PosetsMaladeta lugares autorizados para acampar y que la posibilidad de realizar acampadas es una actividad ligada al disfrute de la naturaleza que en determinadas condiciones es compatible con la salvaguarda de los valores naturales y con el uso racional de sus recursos naturales, se aprueba la presente norma con la finalidad de determinar los lugares autorizados para la realización de acampadas alta montaña en el Parque y las condiciones en las que éstas deben realizarse.

Por otra parte, la Comisión de Uso Público del Patronato del Parque Posets-Maladeta ha emitido informe promoviendo la aprobación de esta disposición.

Asimismo el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno...

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