SAP Madrid 94/2006, 31 de Mayo de 2006

PonenteMARIA TARDON OLMOS
ECLIES:APM:2006:8135
Número de Recurso1/2006
Número de Resolución94/2006
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 27ª

MARIA TARDON OLMOS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 27

MADRID

SENTENCIA: 00094/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

SECCIÓN VIGÉSIMA SÉPTIMA.

ROLLO Nº 1/2006 -RJ.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE MOSTOLES

AUTOS DE JUICIO DE FALTAS Nº 104/205

ILMA. SRA. MAGISTRADA

DOÑA MARIA TARDÓN OLMOS

SENTENCIA N º 94/2006

En Madrid, a treinta y uno de Mayo de dos mil seis.

La Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Vigésima Séptima de ésta Audiencia Provincial, Dña. MARIA TARDÓN OLMOS, actuando como Tribunal Unipersonal conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia el juicio de faltas nº 104/2005 seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Móstoles, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dña. Melisa, bajo la dirección Letrada de D. Pablo Muñoz Guzmán, contra la sentencia, de fecha 31 de marzo de 2005, dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del expresado Juzgado, habiendo sido partes en el presente recurso la apelante citada y como apelado el MINISTERIO FISCAL y D. Oscar, asistido del Letrado D. Luis García Moreno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Móstoles, se dictó, con fecha 31 de Marzo de 2005, Sentencia en el referido proceso cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: "QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO libremente de la falta que se venía imputando en este procedimiento a Oscar con toda clase de pronunciamientos favorables, declarando las costas causadas de oficio."

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia Provincial por dicho apelante, observándose en la tramitación del mismo las prescripciones legales. Y repartidas las actuaciones a esta Sección Vigésimo Séptima se formó el rollo correspondiente con el número 1/2006

TERCERO

En el recurso de apelación interpuesto, Dña. Melisa, bajo la dirección Letrada de D. Pablo Mayor Guzmán, alegó lo que a su Derecho convino.

SE ACEPTAN los de la sentencia apelada, que se dan aquí por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la apelante la sentencia dictada en el presente Juicio de Faltas alegando que incurre en incongruencia en los hechos declarados probados, los fundamentos de derecho y el fallo, y adolecen de defectos formales, vulnerando los arts. 9.1 y 3 de la Constitución Española, en relación con el art. 24.1 "a sensu contrario", de la misma; en vulneración, asimismo, del art. 24.1 y 2 de la CE, por la denegación de prueba propuesta en tiempo y forma consistente en la exploración de los menores, en particular, de la menor denunciante, Nuria, que no se ha motivado, habiéndole generado indefensión; alega, asimismo que incurre en error en la valoración de la prueba en virtud de documentos obrantes en autos, que demuestran la equivocación evidente del Juzgador de instancia, alegando, asimismo, la inadecuacuación del procedimiento seguido, pues los hechos debieron calificarse como un delito de malos tratos en el ámbito familiar, del art. 153 del Código Penal, constituyendo, en todo caso, y como última alegación, y cuando menos, una falta de vejación injusta de carácter leve, en relación con los insultos a la madre.

Se reprocha en el primero de los motivos del recurso el hecho de que la sentencia no haya mencionado expresa y detalladamente los hechos que consignaba en su denuncia, así como que existen...

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