STSJ Comunidad de Madrid 85/2006, 20 de Febrero de 2006

PonenteJOSEFINA TRIGUERO AGUDO
ECLIES:TSJM:2006:8969
Número de Recurso4658/2005
Número de Resolución85/2006
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO JOSEFINA TRIGUERO AGUDO EMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA

RSU 0004658/2005

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00085/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 4658/05

Sentencia nº 85/06 -AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

En Madrid, a veinte de Febrero de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 4658/05 interpuesto por D. Donato, representado por el Letrado d. Fernando Luján de Frías, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Veintidós de los de MADRID, en los autos nº 219/05, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 219/05 del Juzgado de lo Social nº Veintidós de los de Madrid, se presentó demanda por D. Donato, contra el INSS, la TGSS y la empresa A.C.S., en materia de Invalidez Absoluta o Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha siete de Junio de dos mil cinco en los términos siguientes:

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Donato contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD y A.C.S., en solicitud de Invalidez Permanente, debo absolver y absuelvo a las entidades gestoras y empresa demandadas de las pretensiones en su contra ejercitadas por el actor en su escrito de demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO.- El actor D. Donato mayor de edad, con DNI n° NUM000 se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM001 siendo su profesión habitual la de Jefe Administrativo.

SEGUNDO.- Iniciado expediente en materia de Invalidez Permanente se dicta Resolución por el INSS en fecha 3-11-2004 que resuelve denegar la solicitud del actor por las siguientes causas: "Por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29/06/94), en relación con el artículo 136.1 de la misma disposición en la redacción dada por la ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE 31/12/94 )".

TERCERO.- No encontrándose conforme con la anterior resolución interpuso la preceptiva reclamación previa que ha sido desestimada por Resolución del INSS de fecha 14-2-2005.

CUARTO.- La base reguladora del actor es de 1.672,89 euros mensuales y la fecha de efectos es de 3-11-2004.

QUINTO.- El actor padece las siguientes lesiones: CARDIOPATIA ISQUEMICA. ENF. DE DOS VASOS. SAOS EN TRATAMIENTO CON CPAP. DIABETES MELLITUS TIPO II.HTA. DISLIPEMIA. OBESIDAD (IMC=31,8).

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Donato, representado por el Letrado d. Fernando Luján de Frías, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza el actor en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartado b) y c) del ...

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