AAP Madrid 369/2023, 7 de Noviembre de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Noviembre 2023
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 14 (civil)
Número de resolución369/2023

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimocuarta

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 6 - 28035

Tfno.: 914933893/28,3828

37007750

N.I.G.: 28.065.00.2-2021/0005409

Recurso de Apelación 502/2023

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 04 de Getafe

Autos de Ejecución de títulos judiciales 104/2022

APELANTE: BANKINTER CONSUMER FINANCE, EFC S.A.

PROCURADORA Dña. GEMMA DONDERIS DE SALAZAR

A U T O

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

Dña. AMPARO CAMAZÓN LINACERO

D. JUAN UCEDA OJEDA

Dña. PALOMA GARCÍA DE CECA BENITO

Siendo Magistrado Ponente D. JUAN UCEDA OJEDA

En Madrid, a siete de noviembre de dos mil veintitrés.

La Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Ejecución de títulos judiciales 104/2022 procedentes del Juzgado Mixto nº 4 de Getafe, en los que aparece como parte apelante BANKINTER CONSUMER FINANCE, EFC S.A., representada por la Procuradora Dña. GEMMA DONDERIS DE SALAZAR y defendida por el Letrado D. SAMUEL TRONCHONI RAMOS.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 04 de Getafe se dictó Auto de fecha 13/01/2023, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

"Se DENIEGA el despacho de la ejecución, y se inadmite a trámite la solicitud de ejecución de título judicial presentada por el Procurador de los Tribunales D. Javier Jañez Gutiérrez en nombre y representación de BANKINTER CONSUMER FINANCE E.F.C. S.A. frente a DÑA. Frida ."

SEGUNDO

Notif‌icada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante BANKINTER CONSUMER FINANCE, EFC S.A. y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 31 de octubre de 2023.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

No se acepta la fundamentación de la resolución de instancia que debe modif‌icarse por lo que, a continuación, se expondrá.

PRIMERO

Para comprender mejor el conf‌licto jurídico-procesal ante el que nos enfrentamos, consideramos adecuado hacer una revisión de los actos previos que han conducido a la actual situación.

A.-Ante el Juzgado º 4 de Getafe, se siguieron autos de procedimiento ordinario 277/2021, en los que se dictó sentencia en la que textualmente se indicaba " Estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Claudio Fernández Carazo, en nombre y representación de DÑA. Frida, contra "BANKINTER CONSUMER FINANCE EFC, S.A.", representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Gemma Donderis de Salazar, se declara la nulidad del contrato objeto de autos por cuanto el interés remuneratorio aplicado al mismo es usurario; y se condena a la demandada a devolver a la actora todas las cantidades que ésta haya abonado que excedan del capital dispuesto, con imposición de las costas a la parte demandada ".

B.- BANKINTER CONSUMER FINANCE S.A., presento demanda el día 16 de septiembre de 2022 ante el mismo juzgado solicitando la ejecución de la sentencia en cuanto del análisis del cuadro de movimientos de la tarjeta de crédito que se ha presentado en el procedimiento de primera instancia se comprueba que doña Frida ha dispuesto de 5.439,38 euros y solamente ha restituido la suma de 3.765,50 euros. Por tanto, habiendo trascurrido más de 20 días sin que la demandada haya cumplido su obligación de pago, debe despacharse ejecución por la cantidad de 1.682,88 € por principal, diferencia entre la cantidad que ha recibido en virtud del contrato suscrito y la que ha sido devuelta, y 504,86 € por intereses, gastos y costas de la ejecución.

C.-El día 13 de enero de 2023 se dictó auto por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Getafe en el que se denegaba el despacho de ejecución alegando, tras transcribir los primeros párrafos del artículo 538 de la LEC que regula las partes y sujetos de la ejecución forzosa, que no consta dictada una resolución f‌irme por la que se condene a doña Frida al pago de cantidad alguna a la entidad BANKINTER; en def‌initiva, no existe ningún pronunciamiento condenatorio en el título de ejecución que permita dirigir la ejecución contra la misma.

D.- La entidad BANKINTER presento el recurso de apelación que nos corresponde analizar en este momento en el que denunció la infracción del artículo 555.1 de la LEC y concordantes y la del artículo 3 de la Ley de Usura, en concordancia con la doctrina del Tribunal Supremo.

Def‌iende que en este caso si se reúnen los...

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