STSJ La Rioja 8/2023, 20 de Octubre de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de La Rioja, sala civil y penal
Número de resolución8/2023
Fecha20 Octubre 2023

T.S.J.LA RIOJA SALA CIV/PENAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00008/2023

-

Domicilio: CALLE MARQUES DE MURRIETA 45-47

Telf: 941296605 Fax: 941296598

Correo eletrónico:

Equipo/usuario: AAI

Modelo: 001100

N.I.G.: 26089 43 2 2019 0000206

ROLLO: RPL APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM 0000002 /2023

Juzgado procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de LOGROÑO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000051 /2021

RECURRENTE: Dionisio, Faustino, Feliciano , Fermín , Florencio , Cristina , Gerardo , Gervasio , Elisenda , Gregorio , Héctor , Herminio , Hugo ,

Procurador/a: MONICA NAVASCUES FERNANDEZ-TORIJA, MARIA DEL ROSARIO PURON PICATOSTE , GEMA MUES MAGAÑA , MARTA RAMOS TORRES , PAULA CID MONREAL , PAULA CID MONREAL , GEMMA MARANTE CHASCO , VIRGINIA SOLAS ORTEGA , GEMMA MARANTE CHASCO , JOSE TOLEDO SOBRON , ANDREA TOLEDO MARTIN , BLANCA GOMEZ DEL RIO , PALOMA SEDANO GARCIA ,

Abogado/a: JULIO PALACIOS PALOMAR, SHEILA ROJO VILLOSLADA , RUBEN CATEDIANO ETXEZARRETA , IDOYA OJEDA DIEZ , MARTA FERNANDEZ CORNAGO , MARTA FERNANDEZ CORNAGO , SAGRARIO FONCEA LOPEZ , ARANTZA HERMOSA CEBALLOS , JOSE MIGUEL GARRIGA CASTILLO , ALBERTO BARAÑANO GONZALEZ , ALBERTO MIGUEL DIEZ DEL CORRAL LOZANO , MARTA HIDALGO CASTROVIEJO , ISIDRO JESUS CARO RODRIGUEZ ,

ADHERIDO: Moises

Procuradora: Milagros Sancho Zabala.

Abogada: Rosana Perez Gurrea.

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Marta , Prudencio , Roberto , Rubén , Rosario , Victorio,

Procurador/a: , JOSE TOLEDO SOBRON , , GEMMA MARANTE CHASCO , VIRGINIA CASTILLO DOÑATE , ANA ROSA RAMIREZ MARIN , VIRGINIA VELEZ DE MENDIZABAL SOLOZABAL , ESTELA MURO LEZA.

Abogado/a: , RODRIGO SALICIO CALVO , , JOSE MIGUEL GARRIGA CASTILLO , MARIA ISABEL GOMEZ DIEZ , OSCAR SAENZ RODRIGUEZ , ISABEL JUANES FUERTES , FRANCISCO EZQUERRO LOMA-OSORIO.

SENTENCIA Nº 8/2023

EXCMO. SR. PRESIDENTE

D. JAVIER MARCA MATUTE

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

DÑA. MERCEDES OLIVER ALBUERNE

DÑA. Mª ELENA CRESPO ARCE

En Logroño a 20 de octubre de 2023.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de 2022 por la Audiencia Provincial de La Rioja, Sección 1ª, en el Procedimiento Abreviado nº 51/2021, se declararon probados los siguientes hechos:

"HECHOS PROBADOS

PRIMERO.- En el presente procedimiento se dirige acusación contra los siguientes:

  1. - Gregorio, mayor de edad, y condenado por:

    - Sentencia firme de fecha 7-9-2011 dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Vizcaya como autor de un delito contra la salud pública a la pena de 5 años de prisión en virtud de (cumplida el 19-10-2016).

    - Sentencia firme de fecha 2-5-2017 dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Santander como autor de un delito contra la salud pública a la pena de 4 años, 6 meses y 1 día de prisión, como autor de un delito de organización criminal a la pena de 5 meses de prisión; como autor de un delito de tenencia ilícita de armas a la pena de 8 meses y 1 día de prisión y como autor de un delito de blanqueo de capitales a la pena de 1 año y 10 meses de prisión penas suspendidas en aplicación del artículo 80.4 del Código Penal en virtud de Auto de 19-6-2017 de la Audiencia Provincial de Cantabria.

  2. - Gerardo, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  3. - Moises, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

  4. - Dionisio, mayor de edad, con antecedentes penales cancelados.

  5. - Herminio, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  6. - Fermín, mayor de edad, con antecedentes penales cancelables en la fecha de los hechos.

  7. - Héctor, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  8. - Hugo, mayor de edad, con antecedentes penales cancelados.

  9. - Florencio, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia y Cristina, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  10. - Rubén, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  11. - Feliciano, mayor de edad, con antecedentes penales cancelables en la fecha de los hechos.

  12. - Gervasio, mayor de edad, y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

  13. - Elisenda, mayor de edad, con antecedentes penales cancelables.

  14. - Roberto, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

  15. - Victorio, mayor de edad, sin antecedentes penales.

  16. - Faustino, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

  17. - Marta, mayor de edad, condenada como autora de un delito contra la salud pública a la pena de 1 año de prisión en virtud de sentencia firme de fecha 16-1-2019 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Pamplona.

  18. - Rosario, mayor de edad, sin antecedentes penales.

    SEGUNDO.- Se consideran probados los siguientes hechos en relación con los acusados que se indican:

  19. - Gregorio

    1.1.- Gregorio a principios del año 2019 se dedicaba a la distribución de sustancias estupefacientes y en tal labor contaba en la localidad de DIRECCION011 (La Rioja ) con un depósito de MDMA, speed así como de una plantación de marihuana cuya custodia estaba encomendada a Gerardo, persona de su confianza, guardando también sustancias y útiles en su domicilio en la localidad cántabra de DIRECCION012, en la que tenía fijado su domicilio familiar a la par que desarrollaba una actividad de compraventa de vehículos.

    Por parte de Gregorio y desde su centro en la vivienda de DIRECCION011 se procedía a la distribución de sustancias a terceros clientes como lo fue Moises con quien ya había trabado contacto previamente en fecha indeterminada pero cuya relación finalmente fue detectada por parte de la UDYCO en conversación del 2-5-2019 a las 17:16 horas en la intervención telefónica del teléfono móvil de Moises nº NUM000 al llamar Moises al nº NUM001 del que es usuario Gregorio y de la que se desprende la intención de ambos de fijar un contacto en el desplazamiento de Gregorio a La Rioja para el fin de semana

    La conversación en cuestión llevada a cabo el día 2-5-2019 a las 17:16 horas se recoge en el minuto 02:59:85 Moises pregunta a Gregorio " escucha ¿vienes este fin de semana para aquí? ", Gregorio le responde " en principio sí", Moises le dice " pues necesito estar contigo", " claro tío tengo ahí para darte algo y..." y Gregorio le responde que " y yo necesitaba estar contigo tío", Moises dice seguidamente " este fin de semana estamos". Gregorio a continuación le dice a Moises " vale escúchame, que tienes pa darme algo, ¿cuántos años vas hacer, seis, siete, ocho años, diez?" y Moises le dice " no sé, seis o algo así" y Gregorio continúa preguntando a Moises "¿seis añitos vas a celebrar?", Moises le dice que sí.

    Tras un rato de conversación sobre varios vehículos se llega al minuto 00:07:38 en el que Gregorio le dice a Moises "igual me tenías que dejar algo de dinero mañana por la mañana" Moises se interesa si Gregorio se va a pasar por su casa y Gregorio le dice "no, en la cuenta tío", Moises le pregunta que cuanto y Gregorio dice " siete", y le contesta Moises "tanto como siete no, seis si quieres", Gregorio insiste en que le hacen falta siete y Moises le dice que "siete el sábado", Gregorio dice que no que mañana si le puede hacer el favor y le comenta que lo necesita porque ha comprado " otro lote de coches" y a continuación le va diciendo varios turismos que ha adquirido y le insiste en que mañana le haga un ingreso en la cuenta, Moises finaliza diciéndole a Gregorio " venga bro voy a moverme un poquillo tío".

    Por Auto de 3-5-2019 se acordó la intervención telefónica del indicado teléfono móvil utilizado Gregorio y fruto de la misma y de interés se detectó la conversación del día 10-5-2019 sobre las 23:04 horas en la que por parte de Gerardo se pide autorización a Gregorio para salir de la vivienda de DIRECCION011 a la vez que poco más tarde, a las 00:02 horas se vuelve a llamar a Gregorio por Gerardo para comunicarle que había regresado, así como las conversaciones mantenidas el día 11-5-2019 a las 15:57 y 16:07 horas respectivamente, de la intervención telefónica del teléfono móvil de Gregorio NUM001, en ambos casos iniciadas por Gregorio dirigiéndose a Rafaela con teléfono móvil nº NUM002 en la que estaban fijando cita, varios vehículos en el área de servicio de DIRECCION013, Burgos.

    1.2.- En las actuaciones de seguimiento y vigilancia de la vivienda de DIRECCION011 se observó por parte de los agentes de la UDYCO que el día 9-5-2019 se estaban realizando labores de carga de una serie de bultos con bolsas de color negro que desde la vivienda se introducían en el vehículo Renault Space propiedad de Gerardo, y a continuación se montaron Gerardo como conductor del Audi-A-3 de Gregorio y el propio Gregorio como copiloto, y en el vehículo Renault Space de Gerardo se montó como conductor una tercera persona y en esta posición salieron DIRECCION011 y tomaron la autopista en dirección a Bilbao realizándose un seguimiento por parte de los agentes hasta llegar a las inmediaciones de Bilbao en donde les perdieron de vista, siendo localizado Gregorio ese mismo día al llegar solo en su vehículo a su domicilio en DIRECCION012.

    1.3.- Por parte de la UDYCO se interesó la entrada y registro en los domicilios de...

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