STSJ Comunidad de Madrid 988/2023, 2 de Octubre de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Octubre 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución988/2023

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Séptima

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

Tlfs. 914934767

33009750

NIG: 28.079.00.3-2022/0078264

Procedimiento Ordinario 1655/2022 5-Z tlfn. 914934768

Demandante: D./Dña. Abelardo

NOTIFICACIONES A: CALLE000, NUM000 Esc/Piso/Prta: SUP NACIONAL C.P.:08006 Barcelona (Barcelona)

Demandado: DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 988/2023

Presidente:

Dña. ELVIRA ADORACIÓN RODRÍGUEZ MARTÍ

Magistrados:

Dña. Mª JESÚS MURIEL ALONSO

D. IGNACIO DEL RIEGO VALLEDOR

D. SANTIAGO DE ANDRÉS FUENTES

En la Villa de Madrid a dos de octubre de dos mil veintitrés.

Esta Sala ha visto el recurso contencioso administrativo nº 1655/2022, interpuesto por Don Abelardo, contra la Resolución del Director General de la Policía de 3 de diciembre de 2020, por la que se resuelve la convocatoria pública número 58/2020 para la provisión por libre designación de puestos de trabajo de jefes comisaría local, en concreto la de Jefe de la Comisaría Local de Mataró-Granollers.

Ha sido demandada la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurrente interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en cuya demanda interesaba se dictase Sentencia por la cual se procediera a:

a).- Anular la resolución impugnada por ser contraria al ordenamiento jurídico.

b).- Nombrar al actor D. Abelardo como Jefe de Comisaría de la Comisaría Local de Mataró - Granollers, con todos los efectos económicos y administrativos de dicho reconocimiento desde 3 de diciembre de 2020.

c).- Al percibo de los intereses legales devengados desde la fecha de dicha petición realizada en vía administrativa, sobre la cantidad líquida de las citadas retribuciones, hasta su efectivo pago.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, se opuso a la demanda, de conformidad con los hechos y fundamentos que invocó, solicitando que se dictara sentencia que desestime el recurso y conf‌irme en todos sus extremos las resoluciones recurridas.

TERCERO

Terminada la tramitación se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 27 de septiembre de 2023, en que tuvieron lugar.

Ha sido ponente el Magistrado D. Ignacio del Riego Valledor quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Expone el recurrente que es funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, perteneciente a la Escala Ejecutiva, primera categoría (Inspector Jefe), destinado en la Comisaría Local de Mataró-Granollers. Desde 27 de julio de 2020 hasta el 3 de diciembre de 2020, ha ejercido como Jefe accidental de la Comisaría Local de Mataró - Granollers, por jubilación del anterior titular. Para cubrir el puesto y mediante Resolución de la Dirección General de la Policía de 28 de septiembre de 2020, se realizó la convocatoria 58/2020 para la provisión por el procedimiento de libre designación de puestos de trabajo de Jefe de Comisaría Local, entre las que se incluía la Comisaría Local de Mataró - Granollers, solicitando el puesto el actor.

Que mediante Resolución de la Dirección General de la Policía de 3 de diciembre de 2020, se resuelve la convocatoria nombrando al Inspector Jefe, D. Claudio, de la Comisaría Local de Mataró - Granollers.

Considera el actor que dicha Resolución es contraria a derecho y lesiona los intereses legítimos del recurrente, sin respetar los principios de mérito, capacidad y antigüedad, que debieron informar el nombramiento. Se trata de un nombramiento de libre designación para un puesto que requiere un perf‌il profesional, y no puede ser totalmente arbitrario.

El demandante adujo como méritos para su nombramiento

  1. - Su categoría profesional de Inspector Jefe, desde el 6 de marzo de 2019 (XXV Promoción de Inspectores Jefes)

  2. - Su carrera profesional desde el año 1998 siendo inspector en prácticas, se ha desarrollado íntegramente en la comunidad autónoma de Cataluña, habiendo prestado servicio en la ciudad de Barcelona y en la Localidad de Mataró, por lo que tiene un perfecto y amplio conocimiento de la problemática social, laboral, política de su población. Desde el año 2009 ha f‌ijado su domicilio familiar en la demarcación de la Comisaría Local de Mataró - Granollers, hecho que le ha permitido conocer a fondo las instituciones y entidades tanto públicas como privadas autonómico y local, llegando a tener una relación personal, más o menos estrecha, con mucho de sus miembros o integrantes, lo que repercutiría positivamente en el ejercicio de sus funciones profesionales como máximo responsable de la Comisaría.

  3. - Experiencia en el puesto de trabajo solicitado, ha desempeñado el 27 de julio de 2020 hasta la resolución del concurso en fecha 3 de diciembre de 2020, como Jefe accidental de la Comisaría Local de Mataró - Granollers.

  4. - Posee una amplia experiencia policial, habiendo desempeñado labores en las actividades policiales de: Seguridad Ciudadana, Policía Judicial, Extranjería y Fronteras y Gestión, que detalla en su currículo profesional aportado en el expediente administrativo.

  5. -Posee amplios conocimientos educativos y culturales, el demandante es licenciado en ciencias biológicas por la Universidad de Oviedo y el título de Licenciado Nombramiento Escala Ejecutiva, conocimientos que detalla en su currículo anteriormente citado.

  6. - Destaca el apartado de recompensas profesionales con la concesión de la cruz al mérito policial con distintivo rojo, dos cruces al mérito policial con distintivo blanco, medalla de dedicación al servicio policial,

cruz al mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco, medalla de honor al mérito de la Guardia Urbana de Barcelona en la categoría de plata, así como 206 felicitaciones públicas de distintos tipos.

Del estudio de los currículos de ambos candidatos, se puede comprobar que el presentado por el actor, presenta mayores méritos, capacidad y antigüedad, siendo también más antiguo en el escalafón, además de haber desempeñado la Jefatura de la Comisaría de Mataro-Granollers durante los últimos meses desde Julio hasta diciembre de 2020. Por tanto, se ha vulnerado lo dispuesto en la normativa prevista en la Ley Orgánica 2/1986 y Ley Orgánica 9/2015, anteriormente reseñada la para la provisión de puestos de trabajo en la Policía nacional, se debe realizar en base a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y antigüedad.

El nombramiento realizado adolece de falta de motivación.

SEGUNDO

El Sr. Letrado del Estado se opuso a la demanda argumentando que el nombramiento en libre designación está teñido de discrecionalidad, que no arbitrariedad. Se remite a la motivación contenida en el informe que f‌igura en el expediente:

  1. Que los dos concurrentes son el Jefe de la Brigada Local aquí recurrente y el jefe de la Comisaría Local, por lo tanto los dos tienen un conocimiento del lugar en que se ofreció la plaza.

  2. Aparece of‌icio del Jefe Superior de Policía de Cataluña que considera que para el puesto de MataróGranollers, el candidato idóneo es el contendiente del recurrente, Sr. Claudio .

  3. Consta también propuesta del Jefe de la Comisaría Provincial que informa que "el funcionario solicitante ha demostrado durante el periodo que ha ejercido puestos de responsabilidad su adecuada preparación y experiencia profesional y reúne el perf‌il adecuado para el desempeño de la jefatura de la Comisaría" (folios 16 y 17). De acuerdo con su curriculum, consta en Mataró desde febrero de 2020, en Cornellá desde un año antes, en ambos casos como Inspector-Jefe.

    La valoración del recurrente, sin embargo, por parte de su superior inmediato, no es tan amplia, pues no añade que reúna el perf‌il adecuado para el desempeño de la jefatura y se limita a mencionar "su adecuada preparación y experiencia".

    De su curriculum...

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