SAP León 341/2023, 19 de Septiembre de 2023

PonenteCARLOS MIGUELEZ DEL RIO
ECLIECLI:ES:APLE:2023:1154
Número de Recurso829/2023
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución341/2023
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2023
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00341/2023

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Teléfono:

Correo electrónico: scop.seccion2.leon@justicia.es

Equipo/usuario: MMV

Modelo: 213100

N.I.G.: 24115 41 2 2020 0000239

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000829 /2023

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de PONFERRADA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000160 /2021

Delito: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS

Recurrente: Severiano

Procurador/a: D/Dª ANGELA VELASCO GIL

Abogado/a: D/Dª ABRAHAM MARTINEZ CASTELLANO

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

SENTENCIA Nº 341/23

SEÑORES DEL TRIBUNAL:

Ilmo. Sr. Presidente

Don Carlos Miguélez del Río

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Fernando Javier Muñiz Tejerina

Don Álvaro Miguel de Aza Barazón

--------------------------------------------- En la ciudad de León, a 19 de septiembre de 2023.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 829/2023, interpuesto en nombre de Severiano representado por la Procuradora Sra. Velasco Gil y defendido por el Letrado Sr. Martínez Castellano, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Ponferrada de fecha 16 de junio de 2023, en el Procedimiento Abreviado nº 160//2021, seguido por un delito de robo con fuerza en las cosas, habiendo sido parte apelada el Ministerio Fiscal.

Siendo Ponente el Magistrado Carlos Miguélez del Río.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada, con fecha 16 de junio de 2023, dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "CONDENAR a D. Severiano como autor responsable de un DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN e INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, DEBIENDO INDEMNIZAR a D. Pedro Francisco en la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN EUROS (391 euros). Las costas procesales causadas se imponen al condenado".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso recurso de Apelación la defensa del penado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y su absolución.

TERCERO

Del recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal, quien informó solicitando la conf‌irmación de la resolución recurrida.

CUARTO

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se recogen las conclusiones def‌initivas formuladas por las partes y se relatan los hechos que la Jueza de Instancia estima probados, relato que se acepta por esta Sala y que son los siguientes " Primero. El día 1 de enero de 2.020, sobre las 20:15 horas, Severiano se encontraba en la calle Vía de Pico Tuerto de la ciudad de Ponferrada cuando, con el ánimo de obtener un benef‌icio económico ilegítimo, rompió una de las ventanillas del vehículo RENAULT KANGOO, matrícula ....-RSM, propiedad de Pedro Francisco y que se encontraba estacionado en dicho lugar, apoderándose de una cartera con documentación personal y 250 euros en metálico, además de una bolsa conteniendo productos de cuidado de bebé valorados en 141 euros. La reparación de los desperfectos materiales causados en el vehículo propiedad de Pedro Francisco ascendió a la cantidad de 155,70 euros, importe que fue abonado por su compañía de seguros. Segundo. Severiano ha sido condenado en el pasado como autor de varios delitos contra el patrimonio, además de por otros delitos dolosos"

QUINTO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación y defensa del acusado y penado en la primera instancia, Severiano, se recurre la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Ponferrada por la que se le considera autor criminalmente responsable de un delito de robo con fuerza, invocando error en la apreciación de las pruebas, ausencia de medios probatorios que acrediten su participación en los hechos y mostrando también su disconformidad con la determinación de la responsabilidad civil realizada en dicha resolución, solicitando su revocación y su absolución.

Por su parte el Ministerio Fiscal ha solicitado la desestimación del recurso de apelación interpuesto y la conf‌irmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

En el juicio oral se practicó como prueba personal suf‌iciente como para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, en los términos que señala el art. 24 de nuestra Constitución . Veamos.

En el plenario prestó declaración del denunciante Sr. Pedro Francisco, manifestando que había dejado su vehículo aparcado; que le había avisado una persona de que una persona había entrado en su interior; que acudió al lugar viendo al acusado salir del coche; que había hablado con él y que llevaba un destornillador; que le habían perseguido por calles durante unos quince minutos; que le había identif‌icado perfectamente;

y que le había sustraído del interior del vehículo un bolso de su mujer con cosas de su hija y también dinero en efectivo.

El relato del denunciante...

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