SAP Valencia 369/2023, 6 de Julio de 2023

PonenteSALVADOR CAMARENA GRAU
ECLIECLI:ES:APV:2023:2164
Número de Recurso11/2023
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución369/2023
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º

Tfno: 961929121

Fax: 961929421

NIG: 46085-41-2-2021-0001789

Procedimiento: Procedimiento Abreviado [PAB] Nº 000011/2023- - Dimana del Nº 000393/2021

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CARLET De: D/ña. Esmeralda, Estrella y Jose Luis

Abogado/a Sr/a.

Procurador/a Sr/a.

Contra: D/ña. Carlos Jesús y Jacinta

Abogado/a Sr/a. ROIG ALEMANY, EDELMIRA

Procurador/a Sr/a. LLOBELL SANCHEZ-HORNEROS, SANDRA SENTENCIA Nº 369/23

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. SALVADOR CAMARENA GRAU (ponente)

Magistrados/as

D. JOSE MARÍA GÓMEZ VILLORA

Doña. ALICIA MAER MARTIN ===========================

En Valencia a seis de julio de dos mil veintitrés.

La Sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el número 000393/2021 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CARLET y seguida por delito de Robo con violencia o intimidación Y LESIONES, contra Carlos Jesús, con D.N.I. NUM000, representado/s por el/la Procurador/a SANDRA LLOBELL SANCHEZHORNEROS, y defendido/s por el/la Letrado/a EDELMIRA ROIG ALEMANY; siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por D/Dª JOSE VICENTE MIRALLES .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 6.7.2023 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida, como procedimiento abreviado, con el número 000393/2021 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CARLET, a cuyo inicio el Ministerio Fiscal y el Letrado de la defensa manifestaron haber alcanzado un acuerdo sobre los hechos, su calif‌icación jurídica y la penalidad imponible, a lo que el acusado mostró su conformidad.

SEGUNDO

El acuerdo alcanzado por las partes se extendió a considerar los hechos como:

" SEGUNDA: Los hechos relatados son constitutivos de un Delito de Robo con Violencia en local abierto al público, previsto y penado en el artículo 237 y 242 no 1, 2 y Tres Delitos leves de Lesiones previsto en el artículo 147.2 Código penal .

TERCERA

El acusado es responsable en concepto de autor del delito de robo con violencia y los delitos leves de lesiones, Art. 28 Código Penal .

CUARTA

En el encausado Carlos Jesús concurre

la circunstancia agravante de multirreincidencia del artículo 66 . 50 del CP, en relación con el artículo 22.8 C.P, respecto el delito de Robo con Intimidación, pero sin los efectos penológicos del art 66.5CP

la circunstancia atenuante analógica de drogadicción del art 21..7 CP .

QUINTA

Procede imponer a Carlos Jesús por el delito de robo con violencia una PENA CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, accesoria de inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y por cada uno de los tres delitos leves de lesiones MULTA DE UN MES con cuota 5 euros, responsabilidad personal subsidiaria del art 53 CP .

Abono de las costas procesales.

Responsabilidad civil: Los encausados indemnizaran solidariamente a Jose Luis en la cantidad de 400 euros, Esmeralda, en la cantidad de 400 euros, por las lesiones sufridas Y establecimiento "SUMA" en la cantidad de 174, 62 euros, por los efectos sustraídos, con aplicación del artículo 576 L.E.C .

El encausado Carlos Jesús, indemnizará a Estrella en la cantidad de 400 euros, por lesiones con aplicación del artículo 576 LEC "

Ante lo cual, y sin mayor trámite, el juicio quedó visto para sentencia. Se dictó sentencia "in voce" en los términos de la conformidad pacta. esta es la documentación de la dceisión. Se declaró f‌irme al manifestar las partes su voluntad de no recurrir. El acusado manif‌iesta ser insolvente a los efectos del pago de multa y responsabilidad civil.

  1. HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- La acusación se dirige contra Carlos Jesús, mayor de edad con DNI NUM000, condenado ejecutoriamente en Sentencia Firme de 24/09/2009, Juzgado de lo Penal no 2 de Valencia, Procedimiento Abreviado 416/2009, por seis delitos de robo con violencia e intimación, a la pena por cada uno de los delitos de DOS AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN.

Sobre las 18:46 horas del día 6 de junio de 2021, el acusado junto con otra persona no enjuiciada con unidad de unidad de propósito y acción con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, se dirigieron al establecimiento comercial "SUMA" sito en la Avenida Reyes Católicos del municipio de Alginet, mientras esa otra persona entraba en el interior del local, el acusado Carlos Jesús, se quedaba en la puerta realizando labores de vigilancia.

La otra persona una vez dentro comenzó a coger diversos productos alimenticios de las estanterías y los introdujo en el bolso que portaba, a continuación se dirigió hacia la salida superando la línea de cajas sin abonar el importe de los productos, momento que se aproximó a ella el responsable del establecimiento Jose

Luis, pidiéndole que extrajera los productos que llevaba en el bolso y al verse sorprendida intentó salir del local, impidiéndoselo Jose Luis .

El acusado Carlos Jesús, al observar que esa persona había sido descubierta para evitar ser detenidos y lograr huir, iniciaron un forcejeo con los empleados. En el curso del forcejeo Carlos Jesús con la f‌inalidad de menoscabar la integridad física de Jose Luis, le empujó fuertemente provocando su caída...

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