STSJ Cataluña 3475/2023, 30 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Mayo 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala social
Número de resolución3475/2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08096 - 44 - 4 - 2019 - 8011378

CR

Recurso de Suplicación: 7721/2022

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMA. SRA. M. TERESA OLIETE NICOLÁS

ILMA. SRA. AMPARO ILLAN TEBA

En Barcelona a 30 de mayo de 2023

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3475/2023

En el recurso de suplicación interpuesto por Romeo, Roque, LOGISTICA DIALTRA, S.L. y HENKEL IBERICA OPERATIONS, S.L.U. frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Granollers de fecha 21 de junio de 2022 dictada en el procedimiento Demandas nº 183/2019 y siendo recurrido/a FONS DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y ALCADEMA LOGISTICA S.L., ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. Teresa Oliete Nicolás.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de marzo de 2019 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de junio de 2022 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por, Don Romeo y Don Roque, contra las empresas HENKEL IBERICA OPERATIONS, S.L.U . (CIF B-66486754); LOGISTICA DIALTRA, S.L. (CIF B-60892098); ALCADEMA LOGÍSTICA, S.L., (CIF B-46708137); MANPOWER TEAM ETT, S.A.U.; debo declarar y declaro la existencia de cesión ilegal entre las codemandadas LOGISTICA DIALTRA, S.L. y HENKEL IBERICA OPERATIONS, S.L.U ., condenando a las partes a estar y pasar por dicha declaración; teniendo por ejercitada la opción de los trabajadores de

formar parte de la plantilla de HENKEL IBERICA OPERATIONS, S.L.U ., con los derechos y obligaciones que correspondan en condiciones ordinarias a un trabajador que preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo de dicha empresa. Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales subsidiarias.

Se tiene por desistida a la parte actora de su acción frene a TEMPORAL QUALITY ETT, S.L. y ADECCO ETT, S.A.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La parte actora, Don Romeo con DNI nº NUM000 y Don Roque con DNI nº NUM001 ha venido prestando servicios para la empresa LOGISTICA DIALTRA, S.L. en el centro de trabajo de la empresa HENKEL, a través de un contrato de trabajo por tiempo indef‌inido a jornada completa, con una antigüedad de 15/06/2004, con la categoría profesional de conductor de carretilla con elevador (nivel 3), y percibiendo un salario bruto mensual de 1.368,62 € incluida la prorrata de pagas extras. Los servicios se han prestado en el centro de trabajo de HENKEL en la C/ Gran Vial, 15 de Montmeló, realizando sustituciones puntuales en los centros de trabajo que la misma empresa tiene en Montornés del Vallés y en Castellbisbal. Realiza turnos de mañana, tarde y noche. También ha prestado servicios en otros centros y empresas- folios 286 a 288; 370 a 386; 535 a 563, en relación con la testif‌ical del Sr. Samuel .- 2.- La parte actora Don Roque con DNI nº NUM001 ha venido prestando servicios en las fechas siguientes y para las siguientes empresas:

LOGISTICA DIALTRA (02/08/2004 AL 13/12/2004); ALCADEMA LOGÍSTICA (14/12/04 A 15/12/2004); LOGISTICA DIALTRA (16/12/2004 A 03/10/2006); vacaciones retribuidas no disfrutadas (04/10/2006 a 10/10/2006); TEMPORAL QUALITY, S.L. ETT (16/10/2006 a 31/10/2006); TEMPORAL QUALITY, S.L. ETT (02/11/2006 a 17/11/2006); ADECCO TT, S.A, ETT (28/11/2006 a 28/11/2007); MANPOWER TEAM ETT, S.A.U. (17/12/2007 a 16/06/2008); MANPOWER TEAM ETT, S.A.U. (17/06/2008 a 10/08/2008); MANPOWER TEAM ETT, S.A.U. (25/08/2008 a 16/12/2008) y en LOGISTICA DIALTRA, desde el 22/12/2008, en el centro de trabajo de la empresa HENKEL, a través de un contrato de trabajo por tiempo indef‌inido a jornada completa, con la categoría profesional de conductor de carretilla con elevador (nivel 3), y percibiendo un salario bruto mensual de 1.429,11 € incluida la prorrata de pagas extras. Realiza turnos de mañana, tarde y noche. También ha prestado servicios en otros centros y empresas - folios 289 a 293; 387 a 424; 441 a 469, en relación con la testif‌ical del Sr. Samuel .- 3.- La empresa HENKEL IBÉRICA OPERATIONS, S.L.U., (en adelante HENKEL), se constituyó el 04/03/2015. Su objeto social es el desarrollo producción y comercialización de todo tipo de productos de química aplicada ya sea orgánica o inorgánica, con destino al consumo como a actividades industriales, y en especial detergentes sólidos, líquidos etc.

Tiene una plantilla de 437 empleados. Le es de aplicación el convenio colectivo de la industria química. HENKEL IBÉRICA, S.A. posee el 100% de su capital. -folios 425 a 438; 696 a 721; 780 a 922.- 4.- La empresa LOGISTICA DIALTRA, S.L., tiene por objeto social el manipulado de productos semi-elaborados y elaborados de todas clases, en centros de trabajo propios o de terceros, por medios manuales y/o mecánicos y de toda clase de actividades relacionadas con lo anterior.

Tiene un total de 16 empleados en 2020. Su domicilio se encuentra en la C/Progrés (polígono industrial El Pedregar), 17 de Montmeló. Tiene estructura y activos propios. No todos sus trabajadores prestan servicios en HENKEL.- folios 501 a 512; 637 a 650.- 5.- La empresa ALCADEMA LOGÍSTICA, S.L., se constituyó el 25/07/1990. Su objeto social es el mismo que la empresa LOGISTICA DIALTRA, S.L. Tiene su propio almacén de más de 7.000 metros cuadrados. Tiene 17 empleados, no todos han trabajado en HENKEL. Su domicilio social se encuentra en la c/ Av. Mare de Déu de Montserrat, 7 de Montornés del Vallés. Tiene su propio patrimonio, servicios

especializados y múltiples clientes. Se encuentra junto con LOGISTICA DIALTRA entre las 5 mejores empresas logísticas de Montornés del Vallés- folios 657 a 680; 751 a 759.- 6.- Don Abelardo es el Administrador de las empresas LOGISTICA DIALTRA y ALCADEMA.- folios 722 a 729.- 7.- En fecha 30/06/1995 ALCADEMA compró a HENKEL IBÉRICA maquinaria consistente en carretillas, 11 máquinas (carretillas de 2ª mano) para ampliar el número de las existentes. En fecha 01/07/1995 HENKEL IBERICA y ALCADEMA f‌irmaron una subcontrata de servicios que se va renovando anualmente de forma tácita, donde se estableció lo siguiente: "Las operaciones y obras que son encargadas a ALCADEMA, S.L. consisten en la carga y descarga de camiones, la recogida y el acople de cargas no unitarias, fraccionadas a nivel del

suelo para su posterior transporte y el acondicionamiento de la carga en paletas según necesidades en altura,

tal y como aparecen def‌inidas en el presente contrato. (...)

El contratista ALCADEMA, S.L. se obliga a realizar las labores son objeto del presente contrato, poniendo a disposición para ello la organización, los medios técnicos y humanos, los útiles tales como maquinaria, carretillas y transpaletas y la dedicación propias, cumpliendo en todo momento la vigente normativa sobre Seguridad e Higiene en el trabajo (...)". El contenido del Acuerdo se tiene por reproducido.- folios 730 a 734.- 8.- En fecha 3 de abril de 2009 ALCADEMA suscribió con HENKEL un Acuerdo de almacenaje, en virtud del cual ALCADEMA almacenará y mantendrá en buen estado productos de HENKEL. El contenido del acuerdo se tiene por reproducido.- folios 736 a 740.- 9.- En fecha 14/01/2016 se suscribe Anexo al contrato de 1 de julio de 1995, en el que se formaliza el hecho de que el servicio a HENKEL se prestaba indistintamente por empleados de ALCADEMA y DIALTRA. En el mismo anexo HENKEL IBÉRICA cede su posición contractual a la titular del almacén HENKEL IBÉRICA OPERATIONS, S.L.U. Se trata de la externalización del servicio logístico de almacenes y manipulación de mercancía.- folio 735.- 10.- LOGISTICA DIALTRA, y ALCADEMA facturan a HENKEL por los servicios prestados. También tienen relaciones comerciales las dos primeras entre sí.- folios 628 a 636; 1023 -1024.- 11.- La empresa HENKEL requiere a todos sus proveedores externos que suscriban un seguro de responsabilidad civil. LOGISTICA DIALTRA, lo tiene suscrito con Catalana de Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.- folios 923 a 944.- 12.- LOGÍSTICA DIALTRA f‌ija y comunica a sus trabajadores, entre ellos, los actores, las normas y protocolos del uso de dispositivos móviles en los centros de HENKEL; instruye acerca de las normas de seguridad y medio ambiente de los trabajadores contractados; a ella se solicitan y ella concede las vacaciones de sus trabajadores; cambios de turnos; permisos y licencias; ejerce la potestad disciplinaria conforme se desprende de diversas comunicaciones; corren por su cuenta los reconocimientos y revisiones médicas; los periodos de incapacidad temporal; abona los salarios de sus trabajadores y está al corriente de su obligaciones de seguridad social, debiendo presentar al efecto certif‌icado a HENKEL de dicho extremo etc..- folios 474 a 500; 524 a 526; 568 a 611; 627; 945; 947-948; 976 a 1002, en relación con la testif‌icales del Sr. Samuel ; Sr. Arturo

; Sr. Bernardo .- 13.- La empresa LOGISTICA DIALTRA dota a sus trabajadores con vestuario distinto al de HENKEL. Los trabajadores de LOGISTICA DIALTRA y otras empresas subcontratadas no pueden utilizar el comedor de los empleados de HENKEL ni su vestuario. Hay unos específ‌icos para los proveedores externos. Tampoco tienen acceso al parking de empleados. Para acceder a su puesto de trabajo tienen que pasar por el control de personal exterior; existe un listado de control de seguridad diferente para los empleados y los trabajadores externos.

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