SAP Almería 325/2023, 18 de Julio de 2023

PonenteIGNACIO FRANCISCO ANGULO GONZALEZ DE LARA
ECLIECLI:ES:APAL:2023:1154
Número de Recurso180/2023
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución325/2023
Fecha de Resolución18 de Julio de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

Rollo de Apelación nº 180/2023

SENTENCIA NÚMERO Nº 325/23.

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE :

D. LUIS MIGUEL COLUMNA HERRERA

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

D. IGNACIO F. ANGULO GONZALEZ DE LARA

En la Ciudad de Almería, a dieciocho de julio de dos mil veintitrés.

La Sección tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 180/2023 el juicio rápido 6/2023, procedente del Juzgado de lo Penal nº 6 de Almería, por un delito de quebrantamiento de condena y amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer contra Juan Enrique, representado por el Procurador don José María Saldaña Fernández y defendido por el letrado don Miguel Martínez Molina; ejerciendo la acusación particular Zaida, representada por la Procuradora Dña. Aurora Montes Clavero y asistida por la letrada Dña. Maria Del Mar Insua Bretones; siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ignacio F. Angulo González De Lara

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámite y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal Nº 6 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha diez de marzo de dos mil veintitrés, cuyos Hechos Probados son del tenor literal siguiente:

"Que Juan Enrique, mayor de edad, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, ejecutoriamente condenado por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de genero por Sentencia f‌irme de fecha 18/10/2021 dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 4 de Almería a la pena de 70 días de trabajos en benef‌icio de la comunidad y alejamiento por 6 meses y en Sentencia f‌irme de fecha 24/05/2021, dictada por el Juzgado de Violencia n.º 1 de Almería a la pena de 40 días de trabajos en benef‌icio de la comunidad y 8 meses de alejamiento, con conocimiento del Auto de fecha 13 de diciembre de 2022, dictado por el Juzgado de Violencia sobre la mujer num 1 de Almería en el seno de las Diligencias Previas num 1135/22 (folio 47 a 50), en virtud del cual se le imponía la medida cautelar de prohibición de aproximación a menos de 100 metros de Zaida, de su domicilio, centro de trabajo o cualquier lugar donde ésta se encontrase, así como la prohibición de

comunicación con la misma por cualquier medio durante la tramitación de la causa, siendo requerido para su cumplimiento el dia 21 de diciembre de 2022 (folio 51), ha venido desde dicha fecha, en reiteradas ocasiones, sin poder concretar el número exacto, acercándose tanto por el día como por la noche al domicilio de Zaida, sito en AVENIDA000 n.º NUM000, de Almería, manteniendo comunicación con la misma.

Concretamente, sobre las 03:00 horas del dia 11 de enero de 2023, Juan Enrique se ubicó debajo de la ventana del mencionado domicilio, dirigiéndose hacia Zaida, quien se encontraba en la ventana, con expresiones tales como "puta, te tengo que matar", sintiéndose la misma atemorizada."

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Juan Enrique como autor responsable de un delito de amenazas leves en el ámbito de la violencia sobre la mujer previsto y penado en el artículo 171.4 del Código Penal en relación de concurso medial ( artículo 77 C.P .) con un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.2 del Código Penal, con la agravante de reincidencia, a la pena de 1 año de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena de acuerdo con lo establecido el artículo 56 del Código Penal, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de DOS AÑOS, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Código Penal en relación con el artículo 48.2 del mismo Texto Legal, la prohibición de aproximación a Zaida, a su domicilio o lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ella, en un radio no inferior a 100 metros y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento por el plazo de DOS AÑOS. Y abono de la mitad de las costas procesales, declarándose de of‌icio la otra mitad".

CUARTO

Por el Ministerio Fiscal se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación en el que fundamento la impugnación sobre la base de los motivos que f‌iguran en el mismo.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a las demás partes, adhiriéndose al mismo la acusación particular.

SEXTO

Se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde se han observado las prescripciones del trámite, señalándose el día de hoy para deliberación, votación y fallo y...

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