Sentencia nº 11/2021 de Tribunal Militar Territorial, Galicia (A Coruña), Sección 4ª, 23 de Junio de 2021

PonenteJORGE ARANGUENA SANDE
Fecha de Resolución23 de Junio de 2021
EmisorTribunal Militar Territorial - Galicia (A Coruña), Sección 4ª
ECLIECLI:ES:TMT:2021:137
Número de Recurso3/2019

SENTENCIA NÚM. 11/21

AUDITOR PRESIDENTE DE SALA Ilmo. Sr. Teniente Coronel Auditor D. Francisco Javier Martín Alcázar VOCAL TOGADO Sr. Comandante Auditor D. Jorge Arangüena Sande (Vocal Ponente) VOCAL MILITAR Sr. Comandante de la Guardia Civil D. José María Martínez González

En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de junio de dos mil veintiuno.

La Sala del Tribunal Militar Territorial Cuarto, constituida por los Señores que al margen se expresan, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

Visto en juicio oral y público el Sumario nº 43/03/19, instruido por el Juzgado Togado Militar Territorial núm. 43, con sede en Burgos, por un posible delito de "abuso de autoridad" previsto y penado en el artículo 48 del Código Penal Militar, en relación con la conducta presuntamente atribuida al Teniente de la Guardia Civil

D. Juan Ignacio, con DNI nº NUM000, nacido el NUM001 de 1967 en Burgos, hijo de Juan Enrique y Lorena, sin antecedentes penales, con destino en la Comandancia de la Guardia Civil de Álava. En cuanto a su situación personal, se encuentra en libertad provisional, medida cautelar que no ha sido modif‌icada durante la tramitación del presente procedimiento.

En la vista, realizada en audiencia pública y con la presencia del procesado, defendido por el Letrado D. Juan Manuel García Labajo, han sido parte el Ministerio Público, representado por la Capitán Auditor Dª. Marta, y la Acusación Particular en nombre y representación de la Guardia Civil Dª. Milagrosa, representada por el Letrado D. Roberto Terrazas Fernández, así como el Sr. Abogado del Estado, representado por D. Antonio González- Carballo Cañas; es Vocal Ponente el Comandante Auditor D. Jorge Arangüena Sande, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Se inician las presentes actuaciones, constitutivas de las Diligencias Previas nº 43/26/18, mediante auto de fecha 28 de noviembre de 2018, como consecuencia de la documentación remitida por el Sr. Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Álava, relativa a una información reservada tramitada en esclarecimiento de unos hechos acaecidos aproximadamente entre el mes de agosto de 2016 y f‌inales del año 2017, supuestamente constitutivos de ilícito penal militar, relativos a una situación de acoso laboral y amenazas presuntamente protagonizadas por el Teniente D. Juan Ignacio, destinado en el momento de

los hechos en la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de Álava, situación dirigía hacia la Guardia Civil Dª. Milagrosa, destinada en la misma Unidad.

A los folios 1 a 62 obra la referida información reservada; a los folios 63 y 64, auto de incoación de las Diligencias Previas nº 43/26/18; a los folios 121 y 122, auto de fecha 20 de febrero de 2019 desestimando el recurso de queja interpuesto contra el auto de incoación de Diligencias Previas; a los folios 131 a 138, informe del Ministerio Fiscal interesando la elevación de las actuaciones a sumario y el procesamiento del Teniente

D. Juan Ignacio como presunto responsable de un delito de "abuso de autoridad" en su modalidad de acoso sexual; a los folios 151 a 156, auto de elevación de las Diligencias Previas nº 43/26/18 a Sumario nº 43/03/19 y procesamiento del Teniente D. Juan Ignacio como presunto responsable de un delito de "abuso de autoridad" en su modalidad de acoso sexual, previsto y penado en el artículo 48 del Código Penal Militar, debiendo quedar en situación de libertad provisional; a los folios 161 a 175, copia certif‌icada de la Hoja de Servicios del Teniente

D. Juan Ignacio ; al folio 200, declaración indagatoria del procesado; a los folios 219 a 221, auto de este Tribunal Militar Territorial, de fecha 12 de febrero de 2020, desestimando el recurso de apelación interpuesto contra el auto de elevación a sumario y procesamiento en situación de libertad provisional; al folio 228, auto de fecha 18 de agosto de 2020, de conclusión del sumario; auto de este Tribunal Militar Territorial, de fecha 20 de noviembre de 2020, aprobando la conclusión del sumario; al folio 270, providencia de emplazamiento del Abogado del Estado; a los folios 281 a 285, escrito de conclusiones provisionales del Fiscal Jurídico Militar; a los folios 293 a 306, escrito de conclusiones provisionales de la acusación particular; a los folios 311 a 315, escrito de conclusiones provisionales de la defensa; a los folios 322 a 323, escrito de conclusiones provisionales del Abogado del Estado; al folio 329, auto de este Tribunal Militar Territorial, de fecha 26 de febrero de 2021, declarando hecha la calif‌icación y el pase al ponente para el examen de las pruebas propuestas; a los folios 332 a 334, auto de este Tribunal Militar Territorial, de fecha 3 de marzo de 2021, resolviendo sobre las pruebas propuestas; a los folios 343 a 345, escrito de protesta formulado por la defensa, frente a la inadmisión de determinadas pruebas; al folio 392, providencia de este Tribunal Militar, de fecha 28 de abril de 2021, señalando la celebración de la Vista Oral para los días 25 y 26 de mayo de 2021; al folio 397, escrito de la defensa del procesado, solicitando el aplazamiento de las sesiones del juicio oral; al folio 359, providencia de este Tribunal Militar Territorial, de fecha 29 de abril de 2021, disponiendo la celebración de la Vista oral para los días 22 y 23 de junio de 2021.

Consta el presente sumario de un rollo y unido en cuerda f‌loja a los mismos la pieza de situación personal relativa al procesado, pieza de recurso de apelación nº 2/20 y pieza de recurso de queja nº 2/19.

SEGUNDO

Que el juicio oral se celebró durante los días 22 y 23 de junio de 2021 en la Sala de Justicia de este Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña, practicándose la prueba que interesaron las partes en sus escritos de conclusiones provisionales y que fue aceptada por el Tribunal mediante auto de admisión de pruebas de fecha 3 de marzo de 2021. La Vista se desarrolló examinando en primer lugar al procesado, se dio por reproducida la documental incorporada en actuaciones, se llevó a cabo la pericial en las personas del Coronel Médico, especialista en Psiquiatría, D. Domingo, la Comandante Médico, Especialista en Psiquiatría Dª. María Luisa, del Comandante Psicólogo D. Erasmo, de la Coronel Médico Dª. María Esther, del Psiquiatra

D. Eusebio, y de la Psicóloga Dª Adela, y se diligenció la testif‌ical, declarando un total de quince testigos. La práctica de todas las diligencias de prueba, con sus resultas, constan en el acta adjunta y en grabación en formato CD, unida al procedimiento.

HECHOS PROBADOS

UNICO: Como tales expresamente declaramos que el Teniente de la Guardia Civil D. Juan Ignacio, destinado en la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de Álava y la Guardia Civil Dª. Milagrosa, perteneciente a la misma Unidad, mantuvieron una relación sentimental de pareja durante el invierno de 2015, que duró aproximadamente unos tres meses, y que f‌inalizó a instancias de la Guardia Milagrosa .

Finalizada la relación, el Teniente la esperó en varias ocasiones a la salida de las clases a las que asistía la Guardia Milagrosa en la UNED, a la salida del Cuartel, y fue visto por la Guardia en más de una ocasión merodeando en las inmediaciones del aparcamiento, cerca de su coche. Ante tal situación, la Guardia Milagrosa le dijo que de continuar así, iba a tener que denunciar los hechos. Durante éste período, el Teniente insistía en quedar con la Guardia para tomar café, y le enviaba correos electrónicos.

El Teniente Juan Ignacio se fue destinado a Madrid durante año y medio, momento en que se publicó la vacante de la Intervención de Armas de la Comandancia de Álava. A instancias del Jefe de la Intervención, la Guardia Milagrosa envió un mensaje al Teniente Juan Ignacio, para que solicitase esa vacante, entendiendo éste que ella quería retomar la relación y por ello, y unido a que tenía un piso en propiedad en Vitoria, la solicitó y le fue adjudicada, llegando destinado en septiembre de 2016, y quedando a partir de ese momento como

superior jerárquico de la Guardia Milagrosa, que estaba encuadrada en el Equipo de Inspecciones de dicha Intervención.

A partir de esa fecha, el Teniente Juan Ignacio y la Guardia Milagrosa tuvieron encuentros esporádicos aproximadamente tres o cuatro en un año, sin retomar la relación de pareja que habían mantenido anteriormente; durante este período, el Teniente llamaba en numerosas ocasiones a la Guardia, y le enviaba mensajes de SMS y de WhatsApp. La Guardia Milagrosa intentó mantener desde el principio una relación cordial en el trabajo, si bien el Teniente comenzó a desplegar sobre ella una actitud de control permanente sobre su vida personal y profesional, y en concreto, estaba pendiente de con quién hablaba o se reunía la Guardia, a la que llegó a decir " ya tienes campo libre" en relación a un compañero de nombre Roman que se acababa de separar, respecto del cual el Teniente le dijo a la Guardia " igual quiere algo contigo", y expresiones del tenor " que suerte tienes que vienen a verte".

En otra ocasión, el Brigada Jose Pedro fue a la dependencia de la Guardia para mantener una conversación sobre temas personales, por lo que cerraron la puerta, enviándole el Teniente mensajes para preguntarle por lo que hacían y por qué llevaban tanto tiempo encerrados, llegando a decirle " qué suerte tienes que vienen a verte muchos chicos" y si ella quedaba con algún otro compañero, le llegó a decir " tú sabrás a quién te quieres follar". El Teniente Juan Ignacio le dijo que " quería envejecer con ella", diciéndole la Guardia Milagrosa que no había vuelta atrás y que no se metiera en su vida

El Teniente Juan Ignacio llamaba constantemente a su despacho a la Guardia...

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