SJMer nº 8 191/2020, 10 de Septiembre de 2020, de Barcelona

PonenteROBERTO NIÑO ESTEBANEZ
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2020
ECLIECLI:ES:JMB:2020:8805
Número de Recurso468/2019

Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edif‌ici C) - Barcelona - C.P.: 08075

TEL.: 935549468 FAX: 935549568

N.I.G.: 0801947120198005906

Juicio verbal (250.2) (VRB) - 468/2019 -G

Materia: Demandas materia de propiedad intelectual

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 4171000003046819

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona

Concepto: 4171000003046819

Parte demandante/ejecutante: ARTISTAS INTÉRPRETES ENTIDAD DE GESTION DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL (AISGE)

Procurador/a: Sergio Royuela Baniandres

Abogado/a: Beatriz Sanchez-carpintero Aterido Parte demandada/ejecutada: ZETE LUCKY LIN SL

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 191/2020

En la ciudad de Barcelona, a 10 de septiembre de 2020

SSª. Ilma. D. Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil núm. 8 de Barcelona, ha conocido el procedimiento de juicio verbal núm. 468/2019-G, sobre infracción de derechos de propiedad intelectual, en el que han intervenido, con la postulación procesal que es de ver en autos: como parte demandante la entidad "ARTISTAS INTÉRPRETES, ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTECTUAL (AISGE)" y como parte demandada ZETE LUCKY LIN S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La entidad "ARTISTAS INTÉRPRETES, ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTECTUAL (AISGE)" ha interpuesto demanda de juicio verbal contra ZETE LUCKY LIN S.L. en la que ejercita una acción de reclamación de cantidad por infracción de derechos de propiedad intelectual.

SEGUNDO

Luego fue admitida a trámite la demanda, se emplazó a la parte demandada para que la contestara, no haciéndolo, y fue declarada en situación de rebeldía procesal civil. Ante la falta de solicitud de celebración de vista oral el juicio quedó concluso y visto para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del procedimiento.

El presente juicio tiene por objeto una acción de reclamación de cantidad en virtud del derecho de remuneración en los casos de comunicación pública. La entidad demandante solicita que la parte demandada les abone la remuneración correspondiente a los períodos de infracción que indican, con fundamento en la realización de actos de comunicación pública de su repertorio en un establecimiento de hostelería abierto al público titularidad de la parte demandada.

SEGUNDO

Realización de actos de comunicación pública del repertorio de la entidad demandante.

La autenticidad de los documentos presentados por la entidad demandante no han sido objeto de impugnación alguna y hacen prueba plena en esta causa de los hechos que documentan ( arts. 319.1 y 326.1 de la LEC), amén de la incomparecencia de la parte demandada en este juicio.

Dichos documentos acreditan de modo suf‌iciente que la reproducción y comunicación públicas por la parte demandada en el local de negocio de que es titular del repertorio de la entidad demandante y gestionado por ella, constituye un acto de comunicación pública del art. 20.1 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Dicho precepto establece que se entenderá por comunicación pública todo acto por el que una pluralidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR